Competencia judicial para investigar denuncias contra Mazón por gestión de la DANA
(Este párrafo es de introducción)
El TSJ valenciano señala que los juzgados son los competentes para investigar las denuncias contra Mazón por la DANA
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia valenciano ha dictado un auto en el que acuerda inadmitir las tres querellas y las cuatro denuncias interpuestas contra el president de la Generalitat, por la gestión de la DANA, tal y como había solicitado el fiscal superior.
Como advierten los magistrados en su resolución, la inadmisión de estas denuncias y querellas no implica que sus impulsores "queden privados del ejercicio de la acción penal", pues pueden instar si lo desean la incoación de este procedimiento preliminar ante el juzgado de instrucción competente.
Entre las decisiones que puede adoptar en un futuro el juez de instrucción que resulte competente -detalla la Sala-, una vez agotada la instrucción y practicadas las diligencias de investigación necesarias, está la de elevar una exposición razonada al TSJ.
Decisiones del juez de instrucción
El juez de instrucción competente, una vez agotada la instrucción y practicadas las diligencias de investigación necesarias, puede adoptar las siguientes decisiones:
- Sobreseer el caso si no existen indicios suficientes de delito. - Dictar un auto de procesamiento si existen indicios suficientes de delito. - Elevar una exposición razonada al TSJ si considera que los hechos denunciados podrían ser constitutivos de un delito competencia del TSJ.
El juez de instrucción también puede acordar la práctica de diligencias complementarias si considera que son necesarias para esclarecer los hechos.
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