Blanqueo de Dólares: ¿Presentación Espontánea o Nueva Ley? Análisis y Alternativas.
El gobierno argentino, en su búsqueda por fortalecer las reservas y dinamizar la economía, ha puesto sobre la mesa la necesidad de “remonetizar” los dólares que se estima circulan “en los colchones” de los ciudadanos. Esta iniciativa ha reabierto el debate sobre las posibles herramientas legales para lograr este objetivo, con el blanqueo de capitales como la opción más discutida. Sin embargo, la vía del blanqueo a través del Congreso presenta obstáculos políticos, lo que ha llevado a explorar alternativas como la utilización del régimen de “presentación espontánea” previsto en la Ley de Procedimiento Fiscal. Este artículo analiza en profundidad las características de este régimen, sus limitaciones, las alternativas legales disponibles y los desafíos que implica la implementación de cualquier medida de regularización de capitales en el contexto argentino.
- El Régimen de Presentación Espontánea: Un Análisis Detallado
- Decreto 935/1997: Un Modelo de Regularización con Limitaciones
- Limitaciones Legales: ¿Qué Puede y Qué No Puede Hacer el Gobierno?
- Alternativas para el Blanqueo de Dólares “en Colchón”
- El Contexto Argentino: Desafíos y Riesgos de la Regularización de Capitales
El Régimen de Presentación Espontánea: Un Análisis Detallado
El artículo 113 de la Ley de Procedimiento Fiscal establece un mecanismo específico para la regularización voluntaria de obligaciones fiscales omitidas. Este régimen, según explica Daniel Pérez, del estudio Pérez & Fiocco, otorga al Poder Ejecutivo la facultad de disponer, por un tiempo limitado y de manera general o para zonas específicas, la posibilidad de que los contribuyentes regularicen su situación. Históricamente, este mecanismo ha sido utilizado, aunque en ocasiones con controversias sobre su aplicación a casos particulares. La presentación espontánea permite a los contribuyentes cumplir con las obligaciones que no han sido declaradas, denunciando la posesión de activos en contravención a la normativa vigente.
Un ejemplo concreto de la aplicación de este régimen es el Decreto 935/1997, que estableció su vigencia por un período de seis años. Este decreto permitía a los contribuyentes regularizar sus obligaciones fiscales omitidas, pagando la deuda correspondiente, más los intereses y actualizaciones pertinentes. Sin embargo, a diferencia de lo que propone el gobierno actual con un “blanqueo especial”, este mecanismo no es “de costo cero”, ya que implica el pago de las obligaciones omitidas. De hecho, algunos expertos, como Pérez, cuestionan la viabilidad de utilizar la presentación espontánea como un conducto para un blanqueo generalizado, argumentando que su naturaleza y alcance son diferentes.
Decreto 935/1997: Un Modelo de Regularización con Limitaciones
El Decreto 935/1997, como ejemplo de régimen de presentación espontánea, abarcaba a contribuyentes y responsables que deseaban regularizar sus obligaciones fiscales ante la entonces AFIP. Esto implicaba el cumplimiento total o parcial de los tributos omitidos, incluyendo el pago del capital, la actualización y los intereses correspondientes. Una de las ventajas de este régimen era la posibilidad de reducir la tasa de interés en hasta un 50%, así como la exención de sanciones. La AFIP tenía la facultad de determinar el porcentaje de reducción de intereses, aplicándolo a todas las obligaciones exteriorizadas.
Es importante destacar que el monto de los intereses por cada deuda exteriorizada no podía superar el 36% del capital. El cumplimiento de las obligaciones fiscales se definía de manera diferente según el tipo de tributo. Para los tributos que debían liquidarse mediante declaración jurada, se requería la presentación de la declaración (o su rectificativa), el pago del gravamen resultante, su actualización y los intereses. Para los tributos que no se recaudaban por declaración jurada, bastaba con el pago de la deuda, su actualización e intereses.
Limitaciones Legales: ¿Qué Puede y Qué No Puede Hacer el Gobierno?
Según Pérez, el gobierno no puede simplemente crear otro régimen similar a la presentación espontánea, ya que está limitado por la propia Ley de Procedimiento Fiscal. El artículo agregado al 113 de la Ley 11.683 establece que el Poder Ejecutivo no puede establecer regímenes de regularización de deudas tributarias que impliquen la eximición total o parcial del capital, los intereses, las multas o cualquier otra sanción por infracciones relacionadas con los gravámenes. Esto significa que la única vía viable para una regularización amplia de capitales es la aprobación de una nueva ley de blanqueo, ya sea extendiendo o reabriendo la anterior, o creando una nueva.
La necesidad de una ley de blanqueo se justifica por la importancia de la seguridad jurídica en materia tributaria. La inestabilidad política y los cambios en las políticas económicas pueden poner en riesgo a aquellos que han optado por regularizar sus activos, ya que una nueva orientación política podría invalidar las leyes anteriores y perseguir a quienes se acogieron a ellas. Sin embargo, incluso la opción de una nueva ley de blanqueo enfrenta un obstáculo: la Ley 27.743, que establece que quienes se adhieran al Régimen de Regularización de Activos no podrán inscribirse en otros regímenes de regularización de activos no declarados hasta el 31 de diciembre de 2038.
Alternativas para el Blanqueo de Dólares “en Colchón”
Ante estas limitaciones, el gobierno se enfrenta al desafío de encontrar una alternativa legalmente viable para incentivar la entrada de dólares “en colchón” a la economía formal. Si bien el régimen de presentación espontánea de la Ley de Procedimiento Fiscal podría ser una opción, los expertos advierten que no sería un proceso “de costo cero”, como pretende el gobierno. La necesidad de pagar las obligaciones omitidas, aunque con posibles reducciones en los intereses y exenciones de sanciones, implica un costo para los contribuyentes.
La aprobación de una nueva ley de blanqueo parece ser la opción más viable, pero requeriría superar las limitaciones impuestas por la Ley 27.743, ya sea modificándola o encontrando una interpretación que permita la adhesión a un nuevo régimen a quienes ya se acogieron al anterior. Esta tarea no es sencilla, ya que implica un debate legislativo complejo y la necesidad de construir consensos políticos. Además, la implementación de cualquier medida de regularización de capitales debe tener en cuenta los riesgos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, y establecer mecanismos de control adecuados para prevenir estas actividades ilícitas.
El Contexto Argentino: Desafíos y Riesgos de la Regularización de Capitales
La historia de los blanqueos de capitales en Argentina está marcada por la controversia y la volatilidad. Las sucesivas amnistías fiscales y cambiarias han generado debates sobre su efectividad, su impacto en la equidad fiscal y su contribución a la estabilidad económica. En un contexto de alta inflación, devaluación y desconfianza en el sistema financiero, la tentación de dolarizar la economía es fuerte, lo que dificulta la tarea de incentivar la repatriación de capitales.
Además, la falta de transparencia y la corrupción son problemas endémicos en Argentina, lo que aumenta el riesgo de que los blanqueos de capitales sean utilizados para ocultar activos ilícitos y evadir el pago de impuestos. Por lo tanto, cualquier medida de regularización de capitales debe estar acompañada de un fortalecimiento de las instituciones, una mayor transparencia en la gestión pública y una lucha efectiva contra la corrupción. La credibilidad del gobierno y la confianza de los ciudadanos son factores clave para el éxito de cualquier política económica, incluyendo la remonetización de la economía a través de la repatriación de dólares “en colchón”.
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