Agencias de viajes se preparan para el DNU de Milei
En Santa Cruz, la derogación del régimen de agentes de viajes a nivel nacional ha generado preocupación en la industria del turismo. Sin embargo, en la provincia se mantiene un marco normativo que asegura que la actividad no pueda ejercerse de forma espontánea. Aunque ya no es necesario que las agencias de viajes se inscriban en el Registro Nacional de Agencias de Viajes, persiste la obligación de la inscripción provincial establecida en la Ley Provincial de Turismo. La Secretaría de Estado de Turismo habilita a las agencias de viajes a operar en el territorio provincial y establece los requisitos de inscripción. Es importante destacar que hasta ahora, los requisitos de inscripción a nivel provincial estaban atados a las exigencias nacionales, por lo que la cartera turística deberá establecer los métodos necesarios para convalidar los requisitos de acceso a la habilitación. Además, aunque la norma de agencias de viajes no exige que la empresa esté representada por un técnico o licenciado en Turismo, la Secretaría de Estado de Turismo podrá expedirse sobre esta exigencia. Este requisito contribuye a la profesionalización de la actividad y otorga competencia exclusiva a los egresados de carreras turísticas. Por otro lado, la ley 18.829 estableció el fondo de garantía como mecanismo de respuesta para estafas y serios incumplimientos en la actividad turística. Aunque ya no será exigible, la ley provincial establece que los prestadores de servicios deberán otorgar las garantías que se establezcan para asegurar el cumplimiento de las condiciones en que se ofrezcan los servicios. Esto implica que la responsabilidad por la garantía de los servicios no prescribe en la provincia, pero será necesario que la autoridad de aplicación se expida sobre las formas en que se deberá demostrar la garantía. Considerando la nueva impronta del gobierno nacional, sería adecuado que las garantías se demuestren mediante un seguro de caución para los diferentes contratos de servicios activos. El incumplimiento de estas garantías estaba sancionado en la ley 18.829 y daba lugar a la aplicación de la Ley Nacional 24240, ley de Defensa al Consumidor. En resumen, en Santa Cruz se mantienen ciertos aspectos normativos que aseguran que la actividad turística se realice de manera segura y profesional, a pesar de la derogación del régimen de agentes de viajes a nivel nacional.
Fuente: https://www.tiemposur.com.ar/info-general/las-agencias-de-viajes-resguardadas-ante-el-dnu-de-milei
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