El TSJ avaló la anulación de un permiso de subdivisión en Río Gallegos

El Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz rechazó una demanda de la Asociación del Personal de la Administración Pública (APAP) y confirmó la legalidad de un decreto de la Municipalidad de Río Gallegos que revocó un permiso de subdivisión previamente otorgado. Según el fallo, el acto administrativo original estaba viciado de nulidad absoluta, por lo que no generó derechos adquiridos para la asociación.
El conflicto se inició cuando APAP, tras obtener en 2019 una resolución municipal que aprobaba el plano de mensura para subdividir un inmueble, vio su permiso revocado en 2021 mediante el Decreto Nº 1114. La anulación se produjo después de que vecinos de la zona reclamaran que dicho terreno estaba destinado a ser un espacio verde y de equipamiento comunitario.
En su demanda ante el TSJ, APAP argumentó que la aprobación inicial era un acto firme que había generado derechos de propiedad y que no podía ser revocado. Por su parte, la Municipalidad de Río Gallegos sostuvo que el permiso original era nulo porque ignoró informes técnicos y normativas urbanísticas que reservaban el terreno para uso público, afirmando su deber de restablecer la legalidad.
El máximo tribunal provincial determinó que la aprobación inicial tenía un vicio grave en su "causa", al haber omitido antecedentes clave que desaconsejaban la subdivisión. Basándose en la Ley Provincial Nº 1260, el fallo recordó que la estabilidad solo protege a los actos regulares. Al ser el permiso un acto administrativo irregular, la administración tenía el deber de anularlo para proteger el interés público y el ordenamiento territorial.
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