Nahuelquir seguirá en prisión preventiva por robo agravado: Riesgo de fuga confirmado.

La justicia argentina ha ratificado la prisión preventiva de Tomás Nahuelquir, condenado por robo agravado, en una decisión que subraya la importancia de asegurar la ejecución de la pena y mitigar el riesgo de fuga. Este caso, que ha transitado por diversas instancias judiciales, pone de manifiesto los mecanismos legales empleados para garantizar que los condenados cumplan con las sentencias impuestas, especialmente en delitos graves. A continuación, analizaremos en detalle los argumentos de la fiscalía, la postura de la defensa, la decisión del tribunal de control y el contexto legal que sustenta esta medida cautelar.

Índice

El Robo Doblemente Agravado: Detalles del Delito y la Sentencia Inicial

Tomás Nahuelquir fue inicialmente condenado el 10 de marzo de 2025 por un delito de “robo doblemente agravado”. Las agravantes específicas se refieren al uso de un arma de fuego durante la comisión del delito y a las lesiones gravísimas infligidas a la víctima. Este tipo de agravantes elevan significativamente la pena prevista para el robo, reflejando la mayor peligrosidad del acto y el daño causado. La sentencia inicial, dictada en primera instancia, fue posteriormente revisada por la Cámara en lo Penal local, que readecuó la pena a 7 años y 6 meses de prisión. Esta reducción de pena, aunque significativa, no alteró la gravedad del delito cometido ni el riesgo asociado a la figura del condenado.

La gravedad de las lesiones sufridas por la víctima es un factor crucial en la determinación de la pena. Las lesiones “gravísimas” implican un daño físico o psicológico de gran magnitud, que puede tener consecuencias permanentes para la víctima. El uso de un arma de fuego, por su parte, añade un elemento de violencia y amenaza que agrava aún más la situación. Estos elementos, considerados en conjunto, justifican la severidad de la condena impuesta a Nahuelquir.

Recursos Judiciales y la Confirmación de la Sentencia

Tras la confirmación de la sentencia de primera instancia por la Cámara en lo Penal, la defensa de Tomás Nahuelquir interpuso un recurso de queja ante el Superior Tribunal. Este recurso se presentó después de que un recurso extraordinario previo fuera rechazado. La interposición de estos recursos es una práctica común en el sistema judicial argentino, ya que permite a la defensa agotar todas las instancias posibles para impugnar la sentencia. Sin embargo, en este caso, no se presentaron nuevos elementos que pudieran justificar una modificación de la situación de encarcelamiento de Nahuelquir.

La falta de nuevos elementos probatorios es un punto clave en la decisión de mantener la prisión preventiva. El sistema judicial se basa en la evidencia y la argumentación legal, y la defensa tiene la responsabilidad de aportar pruebas que respalden sus alegatos. La ausencia de tales pruebas debilita la posición de la defensa y fortalece la postura de la fiscalía.

El Principio de "Doble Conforme" y la Limitación del Principio de Inocencia

El tribunal de control destacó que la causa cuenta con “doble conforme”, lo que significa que la sentencia de primer grado fue confirmada por la Cámara en lo Penal. Este concepto legal es fundamental, ya que implica que la sentencia ha sido revisada y validada por dos instancias judiciales diferentes. La confirmación de la sentencia refuerza la presunción de culpabilidad y limita el alcance del principio de inocencia. En este contexto, el tribunal consideró que existe un riesgo de fuga debido a la pena que debe cumplir Nahuelquir y a la gravedad de los hechos.

El principio de inocencia, consagrado en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales de derechos humanos, establece que toda persona es considerada inocente hasta que se demuestre su culpabilidad más allá de toda duda razonable. Sin embargo, este principio no es absoluto y puede verse limitado en determinadas circunstancias, como en el caso de una sentencia confirmada por múltiples instancias judiciales. La confirmación de la sentencia crea una presunción de culpabilidad que justifica la adopción de medidas cautelares, como la prisión preventiva.

Argumentos de la Fiscalía: Peligro de Fuga y Gravedad de los Hechos

La fiscal Verona Dagotto solicitó que se mantenga la prisión preventiva de Tomás Nahuelquir, argumentando la existencia de peligro de fuga y la gravedad de los hechos. El peligro de fuga se basa en la pena de 7 años y 6 meses de prisión que debe cumplir Nahuelquir, lo que podría motivarlo a evadir la justicia. La gravedad de los hechos, por su parte, se refiere a la naturaleza violenta del robo y al daño causado a la víctima. Estos argumentos son consistentes con la jurisprudencia y la doctrina penal, que establecen que el peligro de fuga y la gravedad del delito son factores relevantes para determinar la necesidad de mantener la prisión preventiva.

La fiscalía argumentó que, dado el riesgo de fuga y las circunstancias que rodearon el robo, la prisión preventiva debía mantenerse hasta que la sentencia quedara firme o, en su defecto, por un plazo de seis meses, lo que ocurriera primero. Esta solicitud se basa en la necesidad de garantizar la ejecución de la pena y proteger a la sociedad de posibles nuevos delitos cometidos por Nahuelquir.

La Postura de la Defensa y la Falta de Oposición

El defensor particular de Tomás Nahuelquir, Mauro Fonteñez, no presentó oposición al pedido de la fiscalía y consintió la continuidad del encarcelamiento. Esta actitud de la defensa es significativa, ya que implica que no existen argumentos sólidos para cuestionar la necesidad de mantener la prisión preventiva. La falta de oposición puede interpretarse como un reconocimiento implícito del riesgo de fuga y la gravedad de los hechos.

La renuncia a presentar oposición por parte de la defensa puede deberse a diversas razones, como la falta de pruebas para impugnar la decisión de la fiscalía, la evaluación de que la prisión preventiva es inevitable en este caso, o una estrategia para evitar agravar la situación de Nahuelquir. En cualquier caso, la falta de oposición facilita la decisión del tribunal de control y refuerza la legitimidad de la medida cautelar.

La Decisión del Tribunal de Control: Prisión Preventiva hasta Cosa Juzgada

Finalmente, el tribunal de control, integrado por los jueces penales Mariano Nicosia y Lilian Borquez, resolvió mantener la prisión preventiva de Tomás Nahuelquir hasta que la sentencia pase en cosa juzgada o dentro de seis meses, según lo que ocurra primero. Esta decisión se tomó considerando la falta de oposición de la defensa y el peligro de fuga, que debe ser neutralizado mientras se asegura la ejecución de la pena. La expresión “cosa juzgada” se refiere al momento en que una sentencia se vuelve definitiva e inapelable, es decir, cuando ya no existen recursos judiciales disponibles para impugnarla.

La decisión del tribunal de control es coherente con los argumentos de la fiscalía y la postura de la defensa. El tribunal consideró que el riesgo de fuga es real y que la prisión preventiva es la medida más adecuada para garantizar la ejecución de la pena. La limitación temporal de seis meses, en caso de que la sentencia no pase en cosa juzgada antes de ese plazo, establece un límite razonable para la duración de la medida cautelar.

Implicaciones y Continuidad del Proceso Judicial

Con esta resolución, Tomás Nahuelquir continuará detenido mientras se resuelven los últimos recursos judiciales y la condena alcanza firmeza legal. Esto significa que Nahuelquir permanecerá en prisión preventiva hasta que se agoten todas las instancias de apelación y la sentencia se convierta en definitiva. La continuidad del encarcelamiento cumple con los objetivos de la fiscalía y garantiza la aplicación de la pena que le corresponde por la condena de robo doblemente agravado.

El proceso judicial continuará su curso, con la posibilidad de que la defensa presente nuevos recursos o solicitudes. Sin embargo, la decisión del tribunal de control de mantener la prisión preventiva establece un marco claro para la continuación del proceso y refuerza la seguridad jurídica. La justicia argentina ha demostrado su compromiso con la aplicación de la ley y la protección de la sociedad, al asegurar que los condenados cumplan con las sentencias impuestas.

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