Senasa moderniza habilitación de transportes animales y productos agropecuarios: Impulso sanitario y competitiv idad

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) ha dado un paso significativo en la modernización y optimización de la cadena agroproductiva argentina. Mediante la Resolución Senasa N.° 723/2025, publicada en el Boletín Oficial, se actualizan los requisitos y procedimientos para la habilitación de transportes de animales vivos y productos de origen animal, estableciendo estándares más rigurosos en materia técnica y sanitaria a lo largo del territorio nacional. Esta medida responde a la necesidad de fortalecer un eslabón crucial en la producción agropecuaria, garantizando la sanidad animal, la inocuidad de los alimentos y la competitividad del sector.

Índice

Nuevos Tipos de Transporte y Flexibilidad en la Habilitación

La Resolución 723/2025 introduce nuevos tipos de transporte, reconociendo la evolución y las necesidades del sector. Se incorpora explícitamente el "Bitren", un vehículo articulado de gran capacidad diseñado para el traslado de numerosos animales. Esta inclusión refleja el compromiso del Senasa con la eficiencia logística y la adaptación a las modernas prácticas de transporte.

Además, la normativa amplía la flexibilidad en la habilitación de unidades de transporte. Se contempla la posibilidad de habilitar vehículos cuya infraestructura no esté específicamente prevista en la regulación, siempre y cuando demuestren ser funcionales y adecuados para la especie animal que transportan. Esta disposición permite la innovación y la adaptación a las necesidades específicas de cada productor y transportista, sin comprometer los estándares sanitarios y de bienestar animal.

Autorización de Malla Cuadriculada y Transportes Multiespecie

Uno de los puntos destacados de la actualización regulatoria es la autorización del uso de malla cuadriculada en vehículos destinados al transporte de porcinos. Este cambio responde a las demandas del sector porcino y facilita el cumplimiento de las normas de bienestar animal, al tiempo que optimiza la carga y descarga de los animales.

La autorización de la malla cuadriculada allana el camino para la habilitación de transportes "multiespecie". Esto significa que un mismo vehículo puede ser habilitado para transportar diferentes especies animales, siempre y cuando cumpla con los requisitos sanitarios y de bienestar animal específicos para cada una de ellas. Esta flexibilidad representa una ventaja significativa para los transportistas, permitiéndoles optimizar el uso de sus vehículos y reducir los costos operativos.

Exenciones de Habilitación para Ciertos Transportes

La Resolución 723/2025 clarifica y amplía la lista de vehículos que no requieren habilitación sanitaria para el traslado de animales vivos y mercancías de origen animal. A la lista se incorporan aquellos vehículos que movilicen abejas, productos y subproductos de la industria apícola, aves ornamentales y de exposiciones, y peces ornamentales.

Esta medida reconoce las particularidades de estos sectores y simplifica los trámites para los productores y transportistas involucrados. La exención de habilitación no implica la exención de responsabilidad sanitaria. Los transportistas de estos productos deben seguir cumpliendo con las normas de sanidad animal y de inocuidad alimentaria, y están sujetos a la fiscalización del Senasa.

Habilitación Provisoria y Regularización de Unidades

Con el objetivo de facilitar la adaptación a los nuevos requisitos, la Resolución 723/2025 prevé una habilitación provisoria de 90 días para los vehículos que no cumplan con los requisitos iniciales durante el procedimiento de habilitación.

Durante ese período, el responsable del transporte deberá realizar las modificaciones requeridas para obtener la tarjeta de habilitación definitiva. Esta medida brinda a los transportistas la oportunidad de regularizar su situación y cumplir con los nuevos estándares sin interrumpir su actividad. El Senasa ofrece asistencia técnica y asesoramiento para facilitar el proceso de regularización.

Programa de Certificación Sanitaria Oficial de Fabricación de Vehículos

Una de las innovaciones más importantes de la Resolución 723/2025 es la creación del Programa de Certificación Sanitaria Oficial de Fabricación de Vehículos. Este programa está destinado a fabricantes que busquen homologar ante el Senasa sus diseños bajo estándares y exigencias técnicas, en su etapa previa de comercialización.

La certificación, sujeta a la supervisión y auditoría del organismo sanitario, tendrá una validez de 5 años para cada modelo de vehículo 0 km de transporte de animales vivos y/o mercancías de origen animal. Esta iniciativa promueve la calidad y la seguridad en el diseño y la fabricación de vehículos para el transporte de animales y productos de origen animal, y facilita la habilitación de estos vehículos una vez que entran en operación. El programa de certificación representa un avance significativo en la estandarización y el control de la calidad en la industria del transporte agropecuario.

Impacto y Beneficios de la Nueva Regulación

La actualización y simplificación de los requisitos y procedimientos técnicos de habilitación contemplados en la Resolución 723/2025 representan un avance significativo para el sector agropecuario argentino. Al alinear la regulación nacional con los estándares internacionales más altos, el Senasa fortalece el control sanitario, la inocuidad de los productos transportados y la competitividad del sector productivo.

La nueva normativa promueve la eficiencia logística, la innovación y la adaptación a las necesidades específicas de cada productor y transportista. Al mismo tiempo, garantiza el bienestar animal y la sanidad de los productos, contribuyendo a la protección de la salud pública y al desarrollo sostenible del sector agropecuario argentino. La Resolución 723/2025 es un ejemplo de cómo la regulación puede ser un instrumento para el crecimiento y la mejora continua de la cadena agroproductiva.

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Fuente: https://argentina.gob.ar/noticias/nueva-habilitacion-de-transportes-de-animales-vivos-y-productos-de-origen-animal

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