Impuesto a las Ganancias sin cambios: ¿Quiénes lo pagarán desde julio?
Impuesto a las Ganancias: ¿Quiénes pagarán desde julio?
Ante el rechazo a la reversión del Impuesto a las Ganancias para los asalariados, contemplado en el paquete fiscal presentado por el Ejecutivo, el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados para su revisión. Los legisladores pueden optar por aceptar los cambios realizados por el Senado o insistir en el texto original que incluía la reforma.
Impuesto a las Ganancias sin cambios
En caso de que la Cámara de Diputados acepte los cambios introducidos por el Senado, el actual régimen cedular aprobado en septiembre de 2022 seguirá vigente. Este régimen eximió del pago del impuesto a aproximadamente 800.000 contribuyentes.
Con el régimen cedular, el piso mensual imponible es de $234.315, que varía en función de las actualizaciones del salario mínimo. Este monto establece un mínimo no imponible de 180 salarios mínimos, evitando que quienes superen dicho monto tributen rápidamente el 35% de impuesto a las ganancias.
Empleados solteros
Para los empleados solteros con dos hijos menores de 18 años a cargo, el salario bruto más bajo sujeto al impuesto es de $2.100.000, equivalente a un sueldo neto de $1.781.277,39.
Según un informe de SDC Asesores Tributarios, con este esquema, todos los que encuadren en el impuesto cedular nunca van a tributar ganancias hasta los 180 SMVM y solo lo harán por lo que supere ese valor.
Empleados casados
Los empleados casados con dos hijos menores de edad a cargo quedan eximidos del pago del impuesto con un salario bruto inferior a $2.400.000, es decir, un sueldo neto de $2.081.277,39.
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Necesidad de incrementar la recaudación
A pesar de la exención para los salarios más bajos, se espera que la Cámara Baja apruebe la vuelta del tributo dada la necesidad del gobierno nacional y las provincias de aumentar la recaudación. La Oficina de Presupuesto del Congreso estimó que el proyecto aportaría recursos por un 0,43% del PBI.
Caminos del paquete fiscal
Los legisladores pueden optar por:
- Aceptar íntegramente la redacción original de la media sanción.
- Aceptar algunos cambios y rechazar otros.
- Intervención del Presidente.
La decisión final dependerá de las negociaciones entre los bloques políticos y la necesidad de equilibrar las demandas sociales con las necesidades fiscales.
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