Sentencia del Supremo: La Agencia Tributaria no puede inspeccionar ordenadores de autónomos sin autorización j udicial
La reciente sentencia del Tribunal Supremo ha establecido importantes limitaciones a la capacidad de la Agencia Tributaria (Hacienda) para inspeccionar los ordenadores de los trabajadores autónomos.
Inspecciones Tributarias a Ordenadores de Autónomos
Según la sentencia, Hacienda solo puede acceder a los datos contenidos en ordenadores o dispositivos electrónicos de autónomos si cuenta con una autorización judicial expresa. Esta autorización debe especificar claramente que se permite el acceso a los dispositivos y a los datos relevantes para la actividad laboral del autónomo.
Las inspecciones tributarias deben limitarse a los datos relacionados con la actividad económica del autónomo, y la autorización judicial debe acreditar dicha limitación.
Autónomos y Pensiones
La sentencia también aborda la cuestión de la compatibilidad entre el cobro de pensiones y el trabajo autónomo. Afirma que los autónomos pueden cobrar la pensión de jubilación y seguir trabajando, incluso percibiendo el 100% de la pensión en algunos casos.
Esta excepción permite a los autónomos seguir activos en el mercado laboral sin perder su prestación por jubilación.
Alternativas sin Humo
En la misma línea, la sentencia desmonta mitos sobre las alternativas al tabaco. Afirma que los dispositivos sin humo no están exentos de riesgos y pueden ser perjudiciales para la salud.
Por lo tanto, es importante estar informado sobre los riesgos asociados a estas alternativas y utilizarlas con precaución.
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