La sarna ovina, una enfermedad parasitaria de impacto significativo en la ganadería patagónica, ha llevado al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) a declarar la alerta sanitaria en varios departamentos de la provincia de Chubut. Esta medida, impulsada por el incremento de focos registrados en los últimos años y la necesidad de proteger regiones libres de la enfermedad, como la provincia de Santa Cruz, exige una respuesta coordinada y efectiva por parte de productores, autoridades y profesionales veterinarios. El presente artículo profundiza en los detalles de esta alerta, las medidas implementadas, los procedimientos sanitarios requeridos y la importancia de la vigilancia y el control para mitigar el impacto de esta parasitosis en la actividad ganadera de la región.
Alerta Sanitaria en Chubut: Contexto y Justificación
La declaración de alerta sanitaria por parte del SENASA, formalizada a través de la Resolución 939/2025, responde a una situación epidemiológica preocupante en la provincia de Chubut. Los departamentos de Gastre, Telsen, Cushamen, Languineo, Paso de Indios, Mártires y Gaiman han sido identificados como zonas de riesgo, debido al aumento de casos de sarna ovina detectados en los últimos años. Este incremento representa una amenaza para la salud animal, la productividad de los rodeos y la comercialización de productos ovinos. La sarna ovina, causada por el ácaro Psoroptes ovis, se transmite fácilmente por contacto directo entre animales, especialmente en condiciones de hacinamiento y durante los meses de otoño e invierno. La rápida propagación de la enfermedad exige medidas urgentes para contener los focos emergentes y evitar su diseminación a otras regiones.
La iniciativa de declarar la alerta sanitaria no surgió de forma aislada. Fue el resultado de un trabajo conjunto entre la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) de Chubut, los productores locales y las autoridades provinciales. La COPROSA, con la participación activa de los actores clave del sector ovino, elevó requerimientos al SENASA, destacando la necesidad de fortalecer las acciones de vigilancia, prevención, control y erradicación de la sarna ovina. El SENASA, en respuesta a estas demandas, dispuso la declaración de alerta, estableciendo un marco normativo claro y exigente para la gestión de la enfermedad.
Medidas Implementadas: Vigilancia, Notificación y Tratamiento
La resolución SENASA 939/2025 establece una serie de medidas obligatorias para los productores y profesionales veterinarios de los departamentos declarados en alerta sanitaria. La primera y más importante de ellas es la notificación inmediata de cualquier sospecha o confirmación de casos de sarna ovina al SENASA. Esta notificación temprana es crucial para activar los protocolos de control y evitar la propagación de la enfermedad. Además de la notificación, se exige la realización obligatoria del tratamiento antisárnico sobre toda la majada del predio afectado. Este tratamiento debe ser llevado a cabo por veterinarios acreditados o personal capacitado de la COPROSA de Chubut, bajo la supervisión de un profesional del servicio sanitario.
El tratamiento antisárnico más efectivo para el control y la erradicación de la sarna ovina es el baño por inmersión, supervisado por un veterinario oficial. Si bien existen otros métodos de aplicación, como los inyectables, estos no garantizan una eficacia plena. El baño por inmersión permite asegurar una cobertura completa de los animales y una mayor concentración del principio activo en la piel, eliminando los ácaros y previniendo la reinfestación. Se recomienda realizar dos baños por inmersión, con un intervalo mínimo de 10 a 12 días, efectuando el segundo dentro de los 7 días previos a cualquier traslado de animales.
Restricciones a la Movilización de Ovinos y sus Productos
Para evitar la diseminación de la sarna ovina a zonas libres o no afectadas, la normativa establece medidas restrictivas para la movilización de ovinos y sus productos/subproductos procedentes de los departamentos en alerta sanitaria. Estas medidas se diferencian según el destino de los animales: faena inmediata o traslado a otros establecimientos. Para la autorización de traslados de ovinos distintos a faena, se exige el cumplimiento de los siguientes requisitos: tratamiento antisárnico de la totalidad de los animales (dos baños por inmersión con el intervalo especificado), presentación del Certificado de Inspección Sanitaria Oficial (que acompañará al Documento de Tránsito electrónico - DT-e) y realización de un aislamiento cuarentenario de 24 días en el establecimiento de destino.
En el caso de los movimientos de ovinos a faena inmediata, los requisitos son menos estrictos. Aquellos que tengan como destino un frigorífico con tránsito federal sólo deberán contar con la autorización oficial del SENASA. Sin embargo, para los traslados hacia otros establecimientos faenadores (sin tránsito federal), se deberá contar con el Certificado de Inspección Sanitaria Oficial o el Certificado emitido por la COPROSA chubutense. Estas medidas buscan garantizar que los animales que se trasladan no representen un riesgo de contagio para otros rodeos o regiones.
Protegiendo a Santa Cruz: La Importancia de la Contención
La declaración de alerta sanitaria en Chubut no es solo una cuestión local. Tiene una implicancia regional importante, ya que busca proteger a la provincia de Santa Cruz, declarada libre de sarna ovina en 2023. La propagación de la enfermedad a Santa Cruz representaría un revés significativo para la ganadería de la región, generando pérdidas económicas y comprometiendo la salud animal. La cercanía geográfica entre ambas provincias y el movimiento constante de animales y productos ovinos hacen que la contención de la sarna ovina en Chubut sea fundamental para preservar el estatus sanitario de Santa Cruz.
La sarna ovina es una de las parasitosis de mayor impacto en la ganadería de la Patagonia, afectando la productividad, el bienestar animal y la rentabilidad de los productores. Se transmite principalmente por contacto directo entre animales, lo que facilita su propagación en rodeos con alta densidad poblacional. La incidencia de la enfermedad es mayor en otoño e invierno, debido a las condiciones climáticas que favorecen la supervivencia y reproducción del ácaro. Los signos más frecuentes de la sarna ovina incluyen caída de lana, formación de costras extensas y prurito intenso, que suele provocar conductas anormales de rascado o molestia en los animales.
Detección Temprana y Revisión de Majadas: Claves para el Control
La detección temprana de la sarna ovina es crucial para limitar su propagación y minimizar sus efectos. Se recomienda realizar revisiones periódicas de las majadas, prestando especial atención a los animales que presenten comportamientos inusuales. La observación inicial debe hacerse a distancia, desde el potrero o corral, buscando animales que se rasquen excesivamente, se froten contra objetos o presenten áreas de lana desordenada. Ante la detección de estos signos, se debe inspeccionar individualmente a los animales para confirmar o descartar la presencia de la enfermedad.
En ovinos infestados es posible detectar el “granito”, una vesícula generada por los ácaros que tiñe la piel de un tono verdoso-azulado. En cuadros avanzados pueden aparecer áreas sin lana, costras amarillentas y piel “acartonada” (endurecida) en zonas sensibles como fosas nasales, región perianal y espacios interdigitales. La identificación temprana de estos signos permite iniciar el tratamiento de forma oportuna y evitar que la enfermedad se propague a otros animales del rodeo. Ante la sospecha o confirmación de la enfermedad, se debe notificar de inmediato al SENASA para coordinar el tratamiento del 100% de los animales, utilizando productos autorizados.
Fuente: https://argentina.gob.ar/noticias/se-declaro-la-alerta-sanitaria-por-sarna-ovina-en-departamentos-de-chubut