ARA San Juan: Familias Buscan Justicia en Mar del Plata, Corte Suprema Decide

El hundimiento del ARA San Juan, submarino de la Armada Argentina, en noviembre de 2017, no solo representó una tragedia humana de proporciones incalculables, sino que también desató una compleja batalla legal por determinar dónde se juzgará a los responsables. La disputa por la sede del juicio, entre Río Gallegos y Mar del Plata, ha escalado hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación, impulsada por el abogado Luis Tagliapietra, padre de uno de los 44 tripulantes fallecidos. Este artículo explora en profundidad los argumentos legales, las implicaciones para las familias de las víctimas y el significado de esta lucha por la justicia y el acceso a la verdad.

Índice

El Conflicto de Jurisdicción: Río Gallegos vs. Mar del Plata

La raíz del conflicto radica en la determinación de la competencia territorial para juzgar los hechos relacionados con el hundimiento del ARA San Juan. La Cámara de Casación Penal, por mayoría, ratificó la competencia de Río Gallegos, basándose en el argumento de la “economía procesal”, dado que la instrucción de la causa se inició en Caleta Olivia, Santa Cruz. Sin embargo, esta decisión ha sido duramente cuestionada por la querella, representada por Tagliapietra, quien la califica de “arbitraria, injusta, ilegal e inconstitucional”.

Tagliapietra argumenta que la elección de Río Gallegos implica una vulneración del derecho de acceso a la justicia para la mayoría de las familias de las víctimas, quienes residen en Mar del Plata y Buenos Aires. La distancia de más de 2.000 kilómetros dificulta enormemente su participación activa en el juicio, incluyendo la asistencia a audiencias y la presentación de pruebas. Esta imposibilidad de participación efectiva contraviene la Ley 27.372, que garantiza los derechos y garantías de las víctimas en procesos judiciales.

Argumentos Legales de la Querella: Un Análisis Detallado

El recurso extraordinario presentado ante la Corte Suprema se basa en una serie de argumentos legales sólidos. En primer lugar, se destaca que la implosión y el hundimiento del ARA San Juan ocurrieron fuera de la zona económica exclusiva argentina, a más de 200 millas náuticas de la costa. Por lo tanto, la jurisdicción de Santa Cruz, basada en la proximidad geográfica, resulta inaplicable.

En segundo lugar, se enfatiza que el submarino tenía su base y puerto de partida en Mar del Plata, donde se emitieron las órdenes de operación. Esto implica que la mayor parte de las decisiones operativas y la planificación del viaje se realizaron en esta ciudad, lo que refuerza la conexión con la jurisdicción de Mar del Plata. La querella denuncia que la iniciación de la causa en Caleta Olivia fue una maniobra de “forum shopping”, es decir, un intento de trasladar el caso a una jurisdicción supuestamente más favorable para los imputados.

Además, se argumenta que la justificación de la Cámara de Casación basada en la “economía procesal” es una falacia. La investigación en Caleta Olivia se ha prolongado durante casi ocho años sin llegar a una conclusión, y el traslado del expediente a Mar del Plata no generaría demoras significativas, ya que todo el material está digitalizado. De hecho, un proceso en Mar del Plata podría ser más rápido y eficiente, permitiendo un mayor contacto entre las partes, los testigos y el tribunal.

El Impacto en las Familias de las Víctimas: Más Allá de la Distancia

La elección de la sede del juicio no es simplemente una cuestión formal o procesal; tiene un profundo impacto emocional y práctico en las familias de las 44 víctimas. La distancia geográfica representa una barrera física y económica que dificulta su participación activa en la búsqueda de la verdad y la justicia. Para muchas familias, asistir a las audiencias en Río Gallegos implicaría costos de viaje y alojamiento prohibitivos, además de la dificultad de ausentarse de sus trabajos y responsabilidades familiares.

Más allá de los costos materiales, la distancia también genera un desgaste emocional significativo. Las familias ya han sufrido una pérdida irreparable, y la imposibilidad de participar plenamente en el juicio agrava su dolor y frustración. La presencia de las familias en la sala del tribunal es fundamental para garantizar la transparencia del proceso y para que los responsables rindan cuentas ante la sociedad y ante los seres queridos de las víctimas.

Tagliapietra insiste en que un juicio en Río Gallegos sería “un juicio para pocos”, excluyendo a la mayoría de las familias de las víctimas. Señala que la mayoría de los familiares residen en Mar del Plata o Buenos Aires, y que no pueden trasladarse cientos de veces a Santa Cruz para asistir a audiencias que podrían extenderse por años. Esta exclusión de las familias socava el principio de participación efectiva de las víctimas en el proceso judicial.

La Ley 27.372 y el Derecho a la Participación Efectiva de las Víctimas

La Ley 27.372, conocida como Ley de Derechos y Garantías de las Víctimas, establece que los procedimientos judiciales deben garantizar la participación efectiva y sin obstáculos de los damnificados. Esta ley reconoce el derecho de las víctimas a ser informadas, escuchadas y a presentar pruebas en el proceso judicial. También establece que se deben adoptar medidas para proteger a las víctimas y a sus familiares de posibles represalias o intimidaciones.

La querella argumenta que la elección de Río Gallegos como sede del juicio contraviene los principios establecidos en la Ley 27.372, ya que la distancia geográfica impide la participación efectiva de la mayoría de las familias de las víctimas. La imposibilidad de asistir a las audiencias y de presentar pruebas limita su capacidad para contribuir a la búsqueda de la verdad y la justicia. Esta vulneración de los derechos de las víctimas socava la legitimidad del proceso judicial.

La ley también establece que se deben tener en cuenta las necesidades específicas de las víctimas, como su situación económica, su estado de salud y su capacidad para desplazarse. En el caso del ARA San Juan, la mayoría de las familias de las víctimas se encuentran en una situación vulnerable, tanto económica como emocionalmente. La elección de Río Gallegos ignora estas necesidades y agrava su sufrimiento.

El Voto Disidente del Juez Carbajo: Un Rayo de Esperanza

En la Cámara de Casación, el juez Gustavo Carbajo emitió un voto disidente, proponiendo que el caso pasara a Mar del Plata. Carbajo argumentó que la conexión entre el hundimiento del ARA San Juan y Mar del Plata es mucho más fuerte que la conexión con Río Gallegos. Destacó que el submarino tenía su base y puerto de partida en Mar del Plata, donde se emitieron las órdenes de operación, y que la mayoría de las familias de las víctimas residen en esta ciudad.

El voto disidente de Carbajo representa un rayo de esperanza para las familias de las víctimas, ya que demuestra que existe un reconocimiento de la importancia de la sede del juicio. Su argumento se basa en principios de justicia y equidad, y en la necesidad de garantizar la participación efectiva de las víctimas en el proceso judicial. El voto disidente también pone de manifiesto la división de opiniones dentro de la Cámara de Casación, lo que refuerza la necesidad de que la Corte Suprema intervenga para resolver el conflicto.

La propuesta de Carbajo de trasladar el caso a Mar del Plata permitiría a las familias de las víctimas participar plenamente en el juicio, sin tener que enfrentar las dificultades económicas y emocionales que implicaría viajar a Río Gallegos. También facilitaría el acceso a los testigos y a las pruebas, y permitiría un proceso más rápido y eficiente.

El Futuro del Juicio: La Espera por la Decisión de la Corte Suprema

Con la presentación del recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el destino del juicio por las responsabilidades en el hundimiento del ARA San Juan queda en manos del máximo tribunal del país. La Corte Suprema deberá analizar los argumentos legales presentados por la querella y por la defensa, y decidir si ratifica la competencia de Río Gallegos o si la traslada a Mar del Plata.

La decisión de la Corte Suprema tendrá un impacto significativo en el proceso judicial y en la búsqueda de la verdad y la justicia para las familias de las víctimas. Si la Corte Suprema ratifica la competencia de Río Gallegos, las familias de las víctimas se verán obligadas a enfrentar las dificultades económicas y emocionales que implica viajar a Santa Cruz para participar en el juicio. Si la Corte Suprema traslada el caso a Mar del Plata, las familias podrán participar plenamente en el proceso judicial, sin tener que enfrentar estas dificultades.

Mientras tanto, los familiares siguen reclamando que el proceso se realice “donde comenzó y donde debía haber terminado el viaje del submarino”. Su lucha por la justicia y el acceso a la verdad es un testimonio de su amor por sus seres queridos y de su determinación de que se haga justicia por las 44 víctimas del trágico hundimiento del ARA San Juan.

noticiaspuertosantacruz.com.ar - Imagen extraida de: https://adnsur.com.ar/policiales---judiciales/ara-san-juan--el-abogado-de-las-victimas-llevo-a-la-corte-suprema-la-pelea-por-cambiar-la-sede-del-juicio-a-mar-del-plata_a68ee4b6494ad52c6050bad12

Fuente: https://adnsur.com.ar/policiales---judiciales/ara-san-juan--el-abogado-de-las-victimas-llevo-a-la-corte-suprema-la-pelea-por-cambiar-la-sede-del-juicio-a-mar-del-plata_a68ee4b6494ad52c6050bad12

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