Boleta única en cárceles: más de 70 mil personas privadas de libertad podrán votar en las elecciones PASO y Generales Provinciales

Más de 70 mil personas privadas de su libertad podrán ejercer su derecho al voto en las próximas elecciones PASO y Generales Provinciales del domingo 13 de agosto, según datos de la Procuraduría Penitenciaria de la Nación y la Cámara Nacional Electoral (CNE). Estas personas utilizarán la boleta única como sistema de sufragio en las distintas cárceles de todo el país.

Incluso las personas en situación de prisión preventiva podrán emitir su voto en las unidades carcelarias en las que se encuentren detenidas. La boleta única, diseñada por la Cámara Nacional Electoral, es idéntica para todas las cárceles y destaca el distrito electoral, la categoría de los candidatos, la fecha de la elección y la leyenda "Voto por los candidatos oficializados del partido o alianza".

La boleta tiene divisiones iguales para cada agrupación política que compita, con el nombre y número de identificación de la agrupación política ordenados de manera creciente, y un espacio para la emisión del voto. Además, puede incluir el logotipo de la agrupación política y el nombre del primer candidato o candidata.

El proceso de votación se lleva a cabo de la siguiente manera: la autoridad de mesa entrega a la electora o elector una boleta oficial de sufragio firmada en el acto y un instrumento para marcar el voto. Luego, la persona se dirige al cuarto oscuro donde debe marcar en la boleta el espacio correspondiente al partido que desea votar. Finalmente, debe doblar la boleta, cerrarla y depositarla en la urna.

Es importante destacar que las autoridades de las cárceles deben asegurarse de que cada electora o elector reciba su documento cívico dentro de las 24 horas anteriores a la fecha de las elecciones.

El derecho al sufragio de las personas privadas de su libertad fue reconocido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2002, cuando resolvió que las personas procesadas tenían el derecho de votar. En 2003, se derogó el inciso d) del artículo 3 del Código Electoral Nacional, que establecía que las personas detenidas no podían votar hasta recuperar su libertad. Desde entonces, los procesados con prisión preventiva pueden ejercer su derecho al voto.

Para facilitar este proceso, la Cámara Nacional Electoral creó el Registro de Electores Privados de Libertad, que contiene los datos de las personas procesadas y permite habilitar mesas de votación en los penales. En las próximas elecciones, aproximadamente 57.746 personas privadas de libertad en todo el país podrán votar, mientras que alrededor de 7.000 podrán sufragar en las cárceles federales.

El derecho electoral es una expresión política legítima para que el colectivo de condenados privados de libertad no quede excluido de la participación democrática. Es necesario poner fin a la restricción del derecho electoral de los condenados si se busca

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REFLEXIÓN: El derecho al sufragio de las personas privadas de libertad es una expresión política legítima que busca garantizar la participación democrática de todos los ciudadanos, incluso aquellos que se encuentran en situación de prisión preventiva o condenados. A través de la boleta única, diseñada por la Cámara Nacional Electoral, se busca asegurar la transparencia y equidad en el proceso de votación en las cárceles de todo el país. Es fundamental que las autoridades penitenciarias faciliten el acceso de los reclusos a su documento cívico y arbitren los medios necesarios para que puedan ejercer su derecho al voto. La inclusión de las personas privadas de libertad en el sistema electoral contribuye a la construcción de una sociedad democrática e inclusiva, que garantice la plena efectividad de los derechos humanos. Para obtener más información sobre el proceso de votación en las cárceles, se puede consultar el manual de autoridad de mesa en el siguiente enlace: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/manual_autoridad_de_mesa_2023_privados.pdf

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