CAA: Nueva Resolución Impulsa Calidad y Seguridad en Productos Pesqueros Argentinos

La industria pesquera y acuícola argentina ha experimentado una evolución constante, impulsada por la demanda interna y la creciente importancia del mercado internacional. Para asegurar la calidad, inocuidad y trazabilidad de los productos derivados de esta actividad, el marco regulatorio debe adaptarse a los avances científicos y tecnológicos. La reciente Resolución Conjunta 18/2025, que modifica artículos clave del Código Alimentario Argentino (CAA) relacionados con conservas y productos pesqueros, representa un paso significativo en esta dirección. Esta normativa, fruto de un proceso colaborativo y transparente, establece nuevos estándares que impactarán en toda la cadena de valor, desde la producción primaria hasta el consumidor final. El presente artículo analizará en detalle las modificaciones introducidas, su alcance y las implicaciones para las empresas del sector.

Índice

Redefinición de Productos de la Pesca y la Acuicultura: Ampliando el Alcance Normativo

Una de las modificaciones fundamentales de la Resolución Conjunta 18/2025 radica en la redefinición del concepto de “productos de la pesca y la acuicultura”. La nueva definición abarca tanto animales vertebrados como invertebrados acuáticos, excluyendo explícitamente a mamíferos y reptiles. Esta ampliación del alcance normativo es crucial para incluir una gama más amplia de especies y productos que actualmente se comercializan, como moluscos, crustáceos y algas. La inclusión de invertebrados acuáticos, que representan una porción significativa de la producción pesquera y acuícola, garantiza que estos productos estén sujetos a los mismos estándares de calidad e inocuidad que los peces. Esta medida responde a la necesidad de armonizar la regulación con las prácticas actuales de la industria y con las normativas internacionales.

La exclusión de mamíferos y reptiles, aunque pueda parecer obvia, es importante para delimitar claramente el ámbito de aplicación de la normativa. Esta precisión evita ambigüedades y facilita la interpretación y aplicación de las regulaciones por parte de las empresas y los organismos de control. La redefinición del concepto de productos de la pesca y la acuicultura sienta las bases para una regulación más completa y coherente, que abarca toda la diversidad de especies y productos derivados de la actividad pesquera y acuícola.

Identificación Técnica Obligatoria de Sardinas: Trazabilidad y Claridad para el Consumidor

La Resolución Conjunta 18/2025 introduce una identificación técnica obligatoria para los productos rotulados como “sardinas”. Esta medida va más allá de la simple denominación de origen, estableciendo nuevas categorías, como “sardina fueguina”, y codificaciones específicas para la trazabilidad según la especie. La implementación de esta identificación técnica es esencial para garantizar la autenticidad del producto y evitar confusiones o fraudes. La diferenciación de la “sardina fueguina”, una especie particularmente valorada por sus características organolépticas y su origen geográfico, permite a los consumidores tomar decisiones informadas y apoyar la producción local.

La codificación específica para la trazabilidad según la especie es un elemento clave para fortalecer la seguridad alimentaria y la capacidad de respuesta ante posibles brotes de enfermedades transmitidas por alimentos. Esta codificación permite rastrear el origen del producto a lo largo de toda la cadena de suministro, desde la captura o la producción en la granja hasta el punto de venta. En caso de que se detecte un problema de calidad o inocuidad, la trazabilidad permite identificar rápidamente el lote afectado y tomar las medidas correctivas necesarias para proteger la salud pública.

Anchoítas Saladas: Requisitos Actualizados para la Inocuidad y la Calidad

El artículo del CAA referente a anchoítas saladas ha sido actualizado para incluir requisitos más estrictos en cuanto a salinidad, maduración y ausencia de larvas de Anisakis sp., así como condiciones sensoriales específicas. La actualización de estos requisitos es fundamental para garantizar la inocuidad del producto y prevenir la presencia de parásitos que puedan causar enfermedades en los consumidores. La presencia de larvas de Anisakis sp. en anchoítas saladas es un riesgo conocido, y la nueva normativa establece límites máximos permitidos y exige la implementación de medidas de control para minimizar este riesgo.

Los requisitos actualizados en cuanto a salinidad y maduración son importantes para asegurar la conservación del producto y prevenir el crecimiento de microorganismos patógenos. La salinidad adecuada inhibe el desarrollo de bacterias y hongos, mientras que la maduración controlada permite desarrollar el sabor y la textura característicos de las anchoítas saladas. Las condiciones sensoriales específicas, como el color, el olor y la textura, son indicadores importantes de la calidad del producto y permiten detectar posibles alteraciones o deterioros.

Prohibición de Materias Extrañas en Conservas de Pescado: Elevando los Estándares de Higiene

La incorporación del artículo 473 bis a la CAA prohíbe la presencia de materias extrañas en conservas de pescado y exige el cumplimiento de normas de higiene y calidad de la materia prima. Esta medida es un claro reflejo del compromiso de las autoridades con la seguridad alimentaria y la protección de la salud pública. La presencia de materias extrañas en conservas de pescado, como fragmentos de vidrio, metal o plástico, puede representar un riesgo grave para los consumidores. La nueva normativa establece requisitos estrictos en cuanto a la limpieza y desinfección de las instalaciones, el control de plagas y la selección de la materia prima.

El cumplimiento de normas de higiene y calidad de la materia prima es esencial para prevenir la contaminación de las conservas de pescado. La materia prima debe provenir de fuentes confiables y estar sujeta a controles sanitarios rigurosos. Las empresas deben implementar sistemas de gestión de la calidad que garanticen la trazabilidad de la materia prima y el cumplimiento de los requisitos de higiene y seguridad alimentaria.

Reorganización Normativa: Derogación del Artículo 453 y Simplificación del Marco Legal

La derogación del artículo 453 del CAA se enmarca en una reorganización normativa más precisa para este tipo de alimentos. Esta medida busca simplificar el marco legal y evitar redundancias o contradicciones entre las diferentes disposiciones. La reorganización normativa es un proceso continuo que tiene como objetivo adaptar la legislación a las necesidades de la industria y a los avances científicos y tecnológicos. La derogación del artículo 453 no implica la eliminación de las regulaciones existentes, sino su reubicación y actualización dentro de un marco legal más coherente y eficiente.

La simplificación del marco legal facilita la comprensión y aplicación de las regulaciones por parte de las empresas y los organismos de control. Un marco legal claro y conciso reduce la incertidumbre y promueve el cumplimiento de las normas. La reorganización normativa es un paso importante para fortalecer la competitividad de la industria pesquera y acuícola argentina y garantizar la calidad y la inocuidad de los productos que se comercializan.

Impacto y Perspectivas Futuras: Modernización y Armonización con Estándares Internacionales

La Resolución Conjunta 18/2025 representa un avance significativo en la modernización y supervisión del ámbito alimentario en lo que respecta a los productos pesqueros. La actualización normativa refuerza el compromiso del Estado con la seguridad alimentaria y la salud pública, adaptándose a los avances técnicos y científicos que demandan mayor rigor en la regulación de productos alimenticios de origen pesquero. Las modificaciones no solo buscan armonizar el tratamiento de estos productos dentro del CAA, sino también impulsar la transparencia y la trazabilidad en la industria, generando confianza tanto en el sector productivo como en los consumidores.

La medida se apoya en normativas previas como la Ley 18.284 y los Decretos 815/1999 y 50/2019, consolidando un marco legal sólido y actualizado. El plazo de 18 meses otorgado a las empresas para adecuarse a las nuevas disposiciones es razonable y permite una transición gradual y ordenada. Se espera que esta actualización normativa impulse la competitividad de la industria pesquera y acuícola argentina en el mercado internacional, al garantizar el cumplimiento de los estándares de calidad y seguridad exigidos por los principales mercados.

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Fuente: https://pescare.com.ar/actualizan-el-codigo-alimentario-para-productos-de-origen-marino-nuevas-definiciones-y-controles-sanitarios/

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