Casación Anula Acuerdo por Marihuana: Juicio Obligatorio por Tráfico de Drogas en El Calafate
Casación revocó un acuerdo de reparación integral en el que una mujer evitaba un juicio por $40.000. La Cámara Federal de Casación Penal revocó un acuerdo de reparación integral a partir de la cual una mujer que en 2021 fue imputada por el envío a El Calafate de una encomienda con marihuana, se evitaba el juicio a cambio del pago de 40 mil pesos para el hospital público de esa ciudad santacruceña.
Decisión y Recurso
La decisión fue en línea con un recurso de casación planteado por el titular de la Unidad Fiscal de Río Gallegos, el fiscal federal Julio Zárate, que fue sostenido en la instancia por el fiscal general Mario Villar.
El fallo es de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, conformada por los jueces Carlos Mahiques, Diego Barroetaveña y Juan Carlos Gemignani, que rechazó la reparación integral como método alternativo de resolución del caso penal que había propuesto la defensa y que había avalado el Juzgado Federal de Río Gallegos.
El Hecho
Según la acusación fiscal, el hecho ocurrió el 24 de agosto de 2021, cuando personal de Gendarmería Nacional destacado en el paraje Güer Aike procedió al control físico y documentológico de un camión de transportes de cargas generales de la empresa Vía Cargo.
Allí se detectó, en un sobre con envoltura plástica, una encomienda que contenía dos bolsas con cannabis sativa equivalente a 1.433 dosis umbrales, y que había sido enviada desde la ciudad de Paraná, Entre Ríos, a la de El Calafate, provincia de Santa Cruz.
La remitente fue identificada e imputada por el Ministerio Público Fiscal, que requirió que sea sometida a juicio por el delito de suministrar de estupefacientes, a título gratuito, en grado de tentativa, calificación atenuada por haber sido un suministro ocasional y para uso personal (previsto y penado por el artículo 5 inciso “e”, último párrafo de la Ley de Drogas N°23.737).
Decisión del Juzgado y Recurso Fiscal
El 9 de agosto de 2023, la jueza subrogante del Juzgado Federal de Río Gallegos, Marta Yáñez, resolvió hacer lugar a la propuesta de la defensa de la imputada de reparar el daño causado mediante el pago de 40 mil pesos al hospital público de alta complejidad SAMIC (Servicio de Atención Médica Integral para la Comunidad) de El Calafate, a fin de resolver su situación procesal.
Sin embargo, el fiscal Zárate interpuso un recurso de casación contra esa decisión.
En su dictamen, explicó: “Nos encontramos en presencia de un delito de índole no menor, incluso agravado por la legislación vigente, lo cual me impide dar curso favorable a lo ofrecido por la Defensa”.
Argumentos del Fiscal
El fiscal federal argumentó que el delito previsto en el artículo 5 de la ley N°23.737, sobre tenencia y tráfico de estupefacientes, aborda una temática sobre la cual “el Estado argentino ha asumido un rol activo en su lucha”, lo que impide en este caso la aplicación del instituto de la reparación integral.
“Esto me impide dar curso favorable a lo ofrecido por la defensa de la imputada, por lo que no prestaré conformidad con la solución aquí interpuesta”, sostuvo Zárate.
Dictamen del Fiscal General
En tanto, el representante del Ministerio Público Fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal, el fiscal general Villar, afirmó que la resolución que concedió la reparación integral a la imputada omitió considerar uno de los requisitos objetivos normativamente impuestos para la viabilidad de la pretensión y es la posibilidad de cuantificar el daño irrogado para, de esa manera, cancelarlo pecuniariamente.
Por ello, entendió que la resolución del juzgado federal de Río Gallegos resultaba “arbitraria”, puesto que “siquiera esbozó fundamento alguno para considerar que el perjuicio era susceptible de apreciación pecuniaria y, con ello, que la reparación ofrecida por la imputada resultaba integral, es decir, suficientemente resarcitoria del perjuicio causado”.
Resolución de la Cámara
En esa línea, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al requerimiento de los representantes del MPF y revocó la resolución del juzgado de primera instancia.
“La justicia restaurativa solo resulta viable frente a un conjunto muy acotado de delitos, los cuales de
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