Contrato telefónico de la Generalitat revela inconsistencias en declaraciones de Mazón
El contrato telefónico de la Generalitat desmiente a Mazón, que aseguraba no poder demostrar su registro de llamadas.
Contradicciones en las declaraciones
El argumento que ha servido de escudo a Mazón hasta ahora podría dejar de tener validez. Según se ha desvelado, el pliego de condiciones del contrato de adjudicación del servicio de telefonía de la Generalitat recoge, entre otras cláusulas, que "permita obtener el detalle del tráfico y la facturación por todas las líneas internas y externas de la Generalitat". Según esta cláusula, la compañía telefónica sí que podría demostrar las llamadas entrantes y salientes que realizó y recibió el presidente de la Generalitat.
Esta información también desmiente al secretario autonómico de Transparencia, Santiago Lumbreras, quien aseguró que la compañía adjudicataria "no tiene obligación de guardar los registros de llamadas", algo que queda en evidencia tras hacerse pública esta cláusula presente en el pliego del contrato.
Además, y de acuerdo con lo especificada en el contrato, hay varios datos concretos que la compañía adjudicataria tiene que ofrecer:
- Si se trata de una llamada nacional o internacional.
- La hora y fecha de la llamada.
- El número de teléfono del llamante y del receptor.
- La duración de la llamada.
- El tipo de llamada (fija, móvil, etc.).
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