Corte Suprema confirma condena a dirigente gremial por cortar ruta en Chubut: Reclamo salarial y derechos de cir culación.
La reciente confirmación de la condena a Estela del Valle Juárez, dirigente gremial docente de Chubut, por el corte de la Ruta Nacional 26 en 2019, reaviva el debate sobre los límites de la protesta social y el derecho a la libre circulación. Este caso, que escaló desde una condena inicial hasta la ratificación por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, plantea interrogantes cruciales sobre la tensión entre la legítima defensa de los derechos laborales y el impacto de las manifestaciones en la vida cotidiana de los ciudadanos. El presente artículo analizará en detalle los antecedentes del caso, las argumentaciones legales de ambas partes, las decisiones de los tribunales inferiores y, finalmente, la postura de la Corte Suprema, buscando comprender las implicaciones de este fallo para futuras movilizaciones sociales en Argentina.
- Antecedentes del Conflicto: El Pago Escalonado de Sueldos en Chubut
- El Corte de Ruta y la Acusación por Entorpecimiento del Transporte
- La Sentencia de Primera Instancia y los Recursos Presentados
- La Confirmación de la Condena por la Corte Suprema de Justicia
- Implicaciones del Fallo para Futuras Protestas Sociales
Antecedentes del Conflicto: El Pago Escalonado de Sueldos en Chubut
El corte de la Ruta 26 no fue un acto aislado, sino la culminación de una serie de protestas desencadenadas por la crisis económica y financiera que afectaba a la provincia de Chubut en 2019. El gobierno provincial, enfrentado a dificultades para cumplir con el pago de los salarios de los empleados públicos, incluyendo a los docentes, implementó un esquema de pago escalonado. Esta medida generó una fuerte oposición por parte de los sindicatos, quienes la consideraron una violación de los derechos laborales y una precarización de las condiciones de trabajo. La Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), liderada en ese momento por Estela del Valle Juárez, se convirtió en una de las principales impulsoras de las protestas, organizando marchas, concentraciones y, finalmente, el corte de ruta.
La elección de la Ruta Nacional 26 como escenario de la protesta no fue casual. Esta vía de comunicación es vital para la provincia, conectando localidades importantes y facilitando el transporte de personas y mercancías, incluyendo el acceso al Aeropuerto General Enrique Mosconi y el comercio con Chile. El corte de la ruta, por lo tanto, buscaba maximizar el impacto de la medida de fuerza, afectando la actividad económica y generando presión sobre el gobierno provincial. Sin embargo, esta estrategia también generó inconvenientes y molestias a los ciudadanos, quienes vieron interrumpida su circulación y se vieron afectados en sus actividades diarias.
El Corte de Ruta y la Acusación por Entorpecimiento del Transporte
El 24 de septiembre de 2019, Estela del Valle Juárez, junto a una veintena de personas, protagonizó el corte total de la Ruta Nacional 26 a la altura del kilómetro 133. La interrupción del tránsito se prolongó durante varias horas, impidiendo la circulación de vehículos particulares, transporte de pasajeros y camiones de carga. La policía provincial intervino para intentar disuadir a los manifestantes y restablecer el orden, pero sin éxito inmediato. La situación generó tensiones y enfrentamientos entre los manifestantes y las fuerzas de seguridad. Tras el incidente, Estela del Valle Juárez fue procesada y enviada a juicio por el delito de “entorpecimiento del transporte”, previsto en el Código Penal.
La fiscalía argumentó que el corte de ruta constituía una violación del derecho a la libre circulación, garantizado por la Constitución Nacional, y que la protesta había causado perjuicios a terceros. La defensa de Estela del Valle Juárez, por su parte, alegó que la medida de fuerza era legítima y proporcional, dado el contexto de crisis económica y la negativa del gobierno provincial a negociar una solución satisfactoria para los docentes. Se argumentó que el corte de ruta era una forma de visibilizar la problemática y presionar al gobierno a cumplir con sus obligaciones laborales.
La Sentencia de Primera Instancia y los Recursos Presentados
El 25 de abril de 2023, la jueza federal Marta Yáñez condenó a Estela del Valle Juárez a tres meses de prisión en suspenso. En su fallo, la jueza reconoció la legitimidad del reclamo de los docentes, pero enfatizó que el derecho a la protesta no puede ejercerse de manera que se vulneren los derechos de terceros. La jueza destacó que la Ruta 26 es utilizada por un gran número de personas para acceder a servicios esenciales como la salud, la educación y el trabajo, y que el corte de la ruta había afectado gravemente la vida cotidiana de los ciudadanos. La sentencia también consideró el impacto negativo del corte de ruta en la actividad económica de la región, especialmente en el transporte de carga hacia y desde Chile.
La defensa de Estela del Valle Juárez apeló la sentencia ante la Cámara Federal de Casación Penal, argumentando que la actuación de la policía provincial había sido irregular y que se habían violado las garantías constitucionales de la dirigente gremial. Se alegó que la policía había utilizado fuerza excesiva para disuadir a los manifestantes y que no se había respetado el derecho a la libertad de expresión. Sin embargo, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, con la firma de los jueces Juan Carlos Gemignani, Gustavo Hornos y Carlos Mahiques, rechazó el recurso, confirmando la condena de tres meses de prisión en suspenso.
La Confirmación de la Condena por la Corte Suprema de Justicia
Ante la confirmación de la condena por la Cámara Federal de Casación Penal, la defensa de Estela del Valle Juárez presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, buscando la revisión del fallo. Se argumentó que la condena violaba el derecho a la libertad sindical y el derecho a la protesta social, garantizados por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó la presentación directa por no cumplir con los requisitos formales establecidos en su reglamento interno.
La Corte Suprema consideró que el recurso extraordinario no cumplía con los requisitos de “carácter excepcional” y “relevancia institucional” exigidos para su admisión. En su resolución, la Corte Suprema reiteró su doctrina sobre los límites del derecho a la protesta social, señalando que este derecho no puede ejercerse de manera que se vulneren los derechos de terceros o se altere el orden público. La decisión de la Corte Suprema, tomada a finales de marzo de 2024, dejó firme la condena de tres meses de prisión en suspenso para Estela del Valle Juárez, poniendo fin a una larga batalla judicial.
El caso de Estela del Valle Juárez sienta un precedente importante para futuras protestas sociales en Argentina. La confirmación de la condena por la Corte Suprema de Justicia de la Nación refuerza la doctrina sobre los límites del derecho a la protesta y establece que las manifestaciones no pueden ejercerse de manera que se vulneren los derechos de terceros. Este fallo podría tener un efecto disuasorio sobre las organizaciones sociales y sindicales, que podrían ser más cautelosas a la hora de organizar medidas de fuerza que impliquen la interrupción del tránsito o la afectación de la actividad económica.
Sin embargo, también es importante señalar que el fallo no prohíbe las protestas sociales en sí mismas, sino que establece límites claros para su ejercicio. Las organizaciones sociales y sindicales seguirán teniendo el derecho a manifestarse y a reclamar por sus derechos, pero deberán hacerlo respetando los derechos de terceros y evitando la alteración del orden público. El desafío para el futuro será encontrar un equilibrio entre el derecho a la protesta social y el derecho a la libre circulación, garantizando que ambos derechos puedan ejercerse de manera efectiva.



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