Despido improcedente: Tribunal confirma readmisión de camionero que se durmió 12 minutos
En un fallo histórico, el TSJCV ha declarado improcedente el despido de un repartidor de Mercadona que se quedó dormido durante 12 minutos en su jornada laboral, dejando en entredicho la proporcionalidad de las sanciones laborales.
La falta cometida y la desproporción del despido
El repartidor, contratado indefinidamente desde 2021, retrasó la descarga de un camión en 12 minutos tras quedarse dormido. Si bien la empresa alegó también otros incidentes previos (incumplimiento de la distancia de seguridad y exceso de velocidad), el tribunal consideró que estos hechos no justificaban un despido, al no ser equiparables a casos más graves como el de vigilantes de seguridad dormidos durante sus labores de vigilancia.
La vulneración de la buena fe y lealtad
La empresa justificó el despido amparándose en la "transgresión de la buena fe y lealtad" del empleado, pero el tribunal no compartió esta visión. El fallo destaca que el incidente de los 12 minutos no es comparable con faltas graves que socaven la confianza de la empresa en el trabajador.
El recurso de Disfrimur y la sentencia del TSJCV
Disfrimur, la empresa de transportes subcontratada por Mercadona, recurrió la sentencia ante el TSJCV, pero este desestimó su recurso. El tribunal reafirmó que el despido era desproporcionado y ofreció a la empresa la opción de readmitir al trabajador o indemnizarlo con 33 días de salario por año trabajado.
Implicaciones para las sanciones laborales
La sentencia del TSJCV sienta un precedente importante al limitar la discrecionalidad de las empresas en la imposición de sanciones laborales. El fallo subraya la necesidad de que los castigos sean proporcionales a la gravedad de la falta cometida y que no perjudiquen injustificadamente al trabajador.
Fuente: https://www.huffingtonpost.es//economia/dormido-menos-cuarto-hora-camionero-despedido-rp.html
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