Despido Nulo: Indemnización de 7.501 € por Discriminación por Parentesco
La discriminación por causa de parentesco en el ámbito laboral es un tema de gran importancia, tal y como demuestra la reciente sentencia que condena a una empresa a reintegrar y compensar económicamente a un empleado despedido por motivos relacionados con su pareja.
Los despidos nulos por vulneración de derechos
El Tribunal Supremo ha establecido que el despido es nulo cuando se produce una vulneración de los derechos fundamentales del trabajador, como la discriminación por parentesco. Esta protección se amplía a situaciones en las que el despido se produce como represalia indirecta por acciones de familiares o personas cercanas.
En el caso analizado, el despido de un empleado de Euromaclean 2001 se declaró nulo tras demostrarse que se había producido como consecuencia de una discusión que su pareja, jefa de cuadrilla en la misma empresa, había mantenido con la dirección. El tribunal consideró que había un "nexo temporal innegable" entre el conflicto y el despido.
Indemnización por vulneración de derechos
La indemnización por vulneración de derechos fundamentales se concede cuando se producen situaciones de discriminación basadas en características protegidas como el embarazo, el sexo o la orientación sexual. En el caso de los despidos por parentesco, la indemnización se ha fijado en 7.501 euros, además de la readmisión del trabajador en las mismas condiciones.
Esta sentencia refuerza la protección legal frente a la discriminación por parentesco en el ámbito laboral. Las empresas deben garantizar un entorno de trabajo libre de represalias y discriminación, respetando los derechos fundamentales de todos los empleados, independientemente de sus relaciones personales.
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