El PSOE impugna sentencia que permite rezar ante su sede durante elecciones europeas
El PSOE ha impugnado la sentencia del Tribunal de Justicia de Madrid que autorizó las concentraciones para rezar ante su sede, en la calle Ferraz, durante las elecciones europeas.
Objeción del PSOE
El partido argumenta que los rezos ante su sede son un acto político y que el PSOE debería haber sido informado y considerado parte en el proceso. El PSOE sostiene que las concentraciones además de "una expresión religiosa absolutamente respetable" tienen una finalidad política y "la intención manifiesta de perjudicar electoralmente al PSOE". Por lo tanto, deberían haber sido llamados.
Sentencia del TSJ de Madrid
El TSJ de Madrid estimó un recurso de los convocantes y autorizó las concentraciones, corrigiendo así a la Junta Electoral Provincial y al delegado del Gobierno que las habían prohibido durante esos dos días. El PSOE señala que es "palmario" que las concentraciones además de "una expresión religiosa absolutamente respetable" tienen una finalidad política y "la intención manifiesta de perjudicar electoralmente al PSOE" por lo que deberían haber sido llamados.
Violación del derecho a la defensa
El PSOE argumenta que no dar traslado del procedimiento al PSOE para que formulase alegaciones provoca "una grave indefensión y vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva". El partido adjunta capturas de los mensajes en redes sociales del convocante de estos rezos para señalar que él mismo reconoce "una cruzada manifestada a través de estas concentraciones para rezar contra todo lo que representa el Gobierno y el PSOE".
Prohibición de propaganda electoral
El PSOE recalca que la ley electoral prohíbe en los días de reflexión y votación la ley electoral prohíbe los actos de propaganda o de campaña, así como la formación de grupos en las proximidades de los colegios que puedan dificultar o coaccionar el libre ejercicio del derecho del voto.
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