Elecciones 2025 en Santa Cruz: Guía Completa para Votar sin Problemas y con tu DNI
Este domingo 26 de octubre, los santacruceños tendrán la oportunidad de concurrir a las urnas para elegir a quienes los representarán en los próximos 4 años en la Cámara Baja del Congreso de la Nación. También se votará en Cañadón Seco. El padrón electoral indica que 272 mil personas están habilitadas para votar en todo el territorio provincial.
Apertura de Seccionales del Registro Civil
El Gobierno de Santa Cruz, a través de la Subsecretaría de Gobierno y Asuntos Registrales, informa que los Registros Civiles de Río Gallegos, Caleta Olivia y la seccional de San Benito estarán abiertos el domingo 26 de octubre de 10:00 a 15:00. El resto de las seccionales de la provincia atenderán de 10:00 a 14:00.
Se solicita a los vecinos que aún no retiraron sus DNI que se acerquen a las distintas seccionales de la provincia para poder acudir a votar con la documentación correcta.
Quiénes Pueden Votar
En Santa Cruz, al igual que en el resto del país, podrán votar en las elecciones nacionales de 2025 los ciudadanos argentinos nativos, por opción o naturalizados que hayan cumplido 16 años y estén inscriptos en el padrón electoral definitivo.
Los adolescentes de 16 y 17 años y las personas mayores de 70 tienen voto voluntario. Los ciudadanos entre 18 y 70 años deben votar de manera obligatoria.
Están justificados y exentos de votar quienes se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar de votación (con constancia policial), presenten enfermedades, discapacidad o imposibilidad física acreditada con certificado oficial, o cumplan funciones como autoridad electoral, judicial o trabajen en servicios públicos esenciales, siempre que la condición esté informada.
Las justificaciones deben presentarse ante la Justicia Electoral provincial hasta 60 días después de la elección para evitar sanciones.
Documentos Habilitados para Votar
Los documentos aceptados para votar en las elecciones legislativas nacionales de 2025 son: Libreta de enrolamiento, Libreta cívica, DNI libreta verde, DNI libreta celeste y DNI tarjeta.
Solo se podrá votar con documento físico original: libreta de enrolamiento, libreta cívica, DNI verde, DNI celeste o DNI tarjeta. Cada elector debe presentar el documento que figura en el padrón electoral o una versión emitida con posterioridad.
En el caso de los DNI verdes, los ejemplares con letras siempre se consideran posteriores a los numerados, según la Dirección Nacional Electoral. Las autoridades de mesa verificarán tanto el estado del documento como la correspondencia exacta con los datos registrados.
Documentos No Válidos y DNI Digital
No está permitido votar con el DNI digital. Ni la app Mi Argentina, ni copias digitales en el celular, ni capturas de pantalla tendrán validez ante las autoridades de mesa. Tampoco estarán habilitadas fotocopias, constancias de trámite o denuncias policiales como reemplazo del documento requerido.
La normativa es taxativa: solo el documento físico autoriza el ingreso al cuarto oscuro. El DNI digital, las fotocopias, el pasaporte y el registro de conducir no son válidos para votar en las elecciones 2025.
Los documentos no habilitados para votar son: Pasaporte, Registro de conducir, Constancia de DNI en trámite, Denuncia de robo o extravío, y Fotocopias de cualquier documentación.
La acreditación de identidad solo será válida con la presentación del documento físico original.
Pérdida o Robo del DNI
Si el elector no cuenta con el documento físico registrado en el padrón, o un ejemplar emitido posteriormente, no podrá votar. No se acepta ningún otro formato.


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