ESMA: Juzgan a "Chispa" Sánchez por el Secuestro de 193 Personas en Dictadura
El Tribunal Oral Federal N°5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comenzó hoy a juzgar al exoficial de inteligencia de la Prefectura Naval Argentina e integrante del Grupo de Tareas 3.3.2 de la Armada, Gonzalo “Chispa” Sánchez (74), acusado por crímenes de lesa humanidad perpetrados entre 1976 y 1978 en el ex Centro Clandestino de Detención (CCD) que funcionó en Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), en el marco del terrorismo de Estado de la última dictadura militar.
El Caso y las Acusaciones
Entre los distintos casos que se abordan en el proceso, se juzgará la privación ilegal de la libertad en 1977 del periodista y escritor Rodolfo Walsh, cuyos restos no fueron hallados.
El exagente de inteligencia de Prefectura Naval llegó al debate imputado por 193 hechos de privación ilegítima de la libertad triplemente agravada por la condición de funcionario público, por haberse cometido con violencia y por haberse prolongado por más de un mes, en calidad de partícipe necesario.
Intervención del Ministerio Público Fiscal
En representación del Ministerio Público Fiscal, interviene el fiscal Félix Pablo Crous, a cargo de la Unidad de Asistencia para causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado, y la auxiliar fiscal de esa dependencia, Marcela Obetko.
La instrucción de la causa fue realizada por el titular de la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal N°3, Eduardo Taiano.
Fuga y Extradición
El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N°12 declaró la rebeldía de Sánchez en 2005, y desde ese momento estuvo prófugo por los crímenes de lesa humanidad por los que ahora será juzgado.
En septiembre de 2011 Interpol Brasil informó que el imputado había sido localizado en ese país y en enero de 2012 el Supremo Tribunal Federal de Brasil decretó su prisión preventiva.
Esta recién pudo hacerse efectiva un año después cuando fue detenido en Río de Janeiro el 7 de febrero de 2013.
Pedido de Refugio y Resolución Final
Posteriormente, el 8 de agosto de 2015 Sánchez solicitó refugio al Estado brasilero a través del Comité Nacional de Refugiados (CONARE), por lo cual el trámite de extradición fue suspendido hasta tanto se resolviese el pedido, el cual fue rechazado el 25 de agosto de 2016.
Sin perjuicio de ello, Sánchez había sido puesto en libertad el 6 de mayo de 2016.
La extradición fue concedida por la Sala 1ª del Supremo Tribunal Federal de la República Federativa del Brasil, 11 de mayo de 2020, aunque de manera parcial, con el límite sobre la calificación legal de los hechos que se le atribuyen.
Limitaciones de la Extradición
El tribunal del vecino país dispuso que podría ser juzgado exclusivamente por el delito de privación ilegítima de la libertad e indicó que la pena a imponer tiene un límite de 30 años de prisión.
Brasil habilitó la jurisdicción por los hechos de secuestro de personas que se mantienen desaparecidas, por ser un delito continuo, que se sigue cometiendo mientras las víctimas no sean halladas y por ello no se encuentran prescriptos.
Originalmente, al solicitar la extradición, el juez de instrucción lo había requerido por privación ilegal de la libertad agravada, tormentos y tormentos con resultado de muerte, según la descripción de los hechos.
Finalmente, Sánchez fue detenido el 14 de mayo de 2020 en la ciudad de Paraty, en el estado brasileño de Río de Janeiro, y fue extraditado a nuestro país bajo esas condiciones.
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