Exjueza desafía al Supremo y absuelve al exconsejero catalán por malversación
Una jueza de Barcelona ha concedido la amnistía al exconsejero catalán Francesc Homs por el delito de malversación, en el marco de la causa abierta por los gastos en la promoción exterior del proceso independentista.
Discrepancia con el Tribunal Supremo
La jueza Carmen García se ha desmarcado del Tribunal Supremo en su interpretación de la legislación europea sobre malversación. Mientras que el Supremo considera que la malversación de fondos europeos es un delito grave, la jueza García sostiene que la directiva europea en vigor no impide la amnistía de este delito.
Argumentos de la jueza
La jueza basa su decisión en la directiva europea 2017/1371, que amplía el concepto de funcionario público en el Código Penal español en relación a la malversación. Sin embargo, esta directiva es posterior a los hechos investigados y no detecta "mínima acreditación" de que los gastos afectaran o provinieran de fondos europeos.
Aplicación de la amnistía
La jueza García considera que la directiva europea mencionada no modifica el Código Penal para incluir la malversación de subvenciones o ayudas comunitarias, por lo que sólo alude a los fondos de las administraciones públicas del Estado. Por ello, aplica la amnistía a Homs y al otro investigado en la causa, Senén F.P.
Consecuencias de la decisión
La decisión de la jueza contrasta con la del Tribunal Supremo, que denegó la amnistía por el delito de malversación a la cúpula del proceso independentista. El Supremo argumentó que Europa atribuye gran relevancia a la malversación de caudales públicos, mientras que el legislador español pretende "trivializar o relativizar" este delito.
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