Hombre ebrio detenido por alteración del orden en Araucarias y Rivadavia
Altercados y conducción bajo los efectos del alcohol: un incidente en Araucarias y Avenida Rivadavia
Hombre ebrio detenido por disturbios y alcoholismo
En la madrugada del sábado, un hombre de 54 años fue aprehendido en el cruce de las calles Araucarias y Avenida Rivadavia tras provocar disturbios en la vía pública y conducir bajo la influencia del alcohol. El sujeto, identificado como M.M.I., se encontraba alterado y rehusó brindar sus datos personales a las autoridades.
Intervención policial
El incidente se produjo durante un control de tránsito realizado por oficiales de la policía en conjunto con agentes de Tránsito Municipal. Al recibir reportes sobre un individuo alterando el orden, los agentes acudieron al lugar para intervenir.
Nivel de alcohol en sangre
Tras constatar la presencia del hombre en estado de ebriedad, los oficiales procedieron a realizarle un test de alcoholemia, el cual arrojó un resultado de 2,34 g/L, superando ampliamente el límite legal permitido.
Artículo 158° del Código de Convivencia Ciudadana Ley XV N°27: "Toda persona que cause molestias o perturbaciones a los habitantes por ruidos, gritos, cantos o cualquier otro acto similar en lugares públicos o privados de acceso público será sancionada con arresto de hasta 10 días o multa de hasta $10.000."
Actitud agresiva y resistencia
Durante la intervención, M.M.I. adoptó una actitud agresiva e insultó a los oficiales. Se negó rotundamente a proporcionar su identificación, lo que obligó a los agentes a detenerlo para resguardar su integridad física y la de terceros.
Vehículo secuestrado
Además, el vehículo del sujeto, una Ford Ranger, fue secuestrado y trasladado al corralón municipal. Las autoridades notificaron el incidente al Ministerio Público Fiscal Contravencional y al Juzgado de Paz.
Consecuencias legales
El individuo enfrenta cargos por infracciones a los artículos 158° (alteración del orden público), 161° (conducción bajo los efectos del alcohol) y 166° (resistencia a la autoridad) del Código de Convivencia Ciudadana Ley XV N°27.
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