Jubilación anticipada a los 56 años con pensión de 2.070 euros: una realidad
En España, una mujer de 56 años ha conseguido jubilarse anticipadamente con una pensión de 2.070 euros mensuales gracias a una discapacidad reconocida del 68%. Esta decisión, adoptada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), contradice el recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que denegó su solicitud alegando que no cumplía con los años mínimos de cotización.
Discapacidad y jubilación anticipada
La demandante, que padece sordera bilateral desde la infancia, acreditó su elevado grado de discapacidad mediante un aumento del 51% al 68% concedido por la administración en 2006. Este hecho, unido a sus más de 36 años de trabajo en condiciones muy limitadas, le permitió acogerse al Real Decreto 1539/2003 y solicitar la jubilación anticipada. Sin embargo, el INSS rechazó su solicitud al considerar cuestionables sus patologías y estimar que no alcanzaba la edad mínima exigida para cobrar el 100% de la pensión.
Una decisión respaldada por los tribunales
La trabajadora recurrió la negativa del INSS ante el Juzgado de lo Social número 2 de Vitoria-Gasteiz, que le dio la razón al considerar que sí cumplía con los requisitos legales. Esta decisión fue nuevamente impugnada por la Seguridad Social, pero el TSJPV también falló a favor de la demandante, respaldando la decisión del juzgado de primera instancia.
El reconocimiento de la discapacidad
El INSS argumentó que el grado de discapacidad del 68% no podía aplicarse a los años anteriores al aumento concedido en 2006. Sin embargo, los tribunales han sostenido que la actualización de la escala de valoración no supone una modificación retroactiva de la discapacidad, sino un reconocimiento de su existencia desde el momento en que se produjo.
Implicaciones para casos similares
El fallo del TSJPV sienta un precedente importante para casos similares, ya que reconoce el derecho de las personas con discapacidad a acceder a la jubilación anticipada en condiciones justas y equitativas. Esta decisión también pone de manifiesto la importancia de una valoración adecuada de la discapacidad y su impacto en la capacidad laboral de las personas.
Artículos relacionados