Luna Park: La Justicia Salvaguarda Ícono Nacional de la Cultura y el Deporte
Este lunes, la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario rechazó la apelación del Gobierno de la Ciudad y dejó firme la prohibición de avanzar con cualquier trámite de demolición sobre el emblemático Luna Park.
Fallo de la Justicia
El fallo de la Sala III ratificó la suspensión de una obra que, bajo el argumento de una “actualización tecnológica”, apuntaba a vaciar el interior del estadio para transformarlo en un complejo con mayor aforo.
Para la Justicia porteña, el proyecto violaba las normas de protección patrimonial, ya que alteraba de manera sustancial el volumen, la cubierta y la fachada de un inmueble con Protección Estructural.
Denuncia y Plan Oficial
La denuncia original, impulsada por el abogado Andrés Gil Domínguez junto con organizaciones como Basta de Demoler, advertía acerca de una “demolición encubierta”.
El plan oficial proponía elevar la capacidad de 8.400 a 11.100 espectadores, pero para alcanzar ese objetivo resultaba necesario destruir casi por completo el interior del edificio histórico, conservando apenas una “cáscara” exterior.
Advertencias de Especialistas
Especialistas en patrimonio alertaron que destruir un edificio de 1934 con el fundamento de preservarlo constituía un verdadero “sinsentido”.
El informe técnico incorporado a la causa sostiene que la renovación de los sistemas de seguridad, iluminación y acústica puede llevarse adelante sin modificar la esencia arquitectónica del coliseo deportivo.
Importancia del Luna Park
El Luna Park excede largamente la categoría de estadio: es un ícono nacional inaugurado en 1934, escenario de hitos del deporte, la música y la política.
La preocupación en los ámbitos culturales alcanzó su punto máximo, ya que, de prosperar la iniciativa, el “Palacio de los Deportes” se convertiría en el primer Monumento Histórico Nacional demolido desde el retorno de la democracia.
Próximos Pasos
La jueza Natalia Tanno deberá definir si concede la medida cautelar definitiva, lo que mantendría suspendida la Disposición 1283/DGIUR/25 hasta que exista una sentencia final.
Por lo pronto, el Luna Park seguirá en pie, lejos de las piquetas y de los proyectos inmobiliarios.



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