Madrid enfurece a cazadores con reforma inesperada para perros de caza y bienestar animal
La modificación de la ley de bienestar animal por la Comunidad de Madrid ha generado una inesperada polémica entre los cazadores. La exclusión de los perros de caza de la Ley 7/2023, que era uno de los logros más destacados de la norma, queda sin efecto en la región.
Indignación de los cazadores: ARRECAL califica el cambio como un retroceso
La Asociación de Rehalas Regionales "Caza y Libertad" (ARRECAL) ha expresado su descontento con la reforma, argumentando que contradice la normativa nacional y supone un retroceso en los derechos de los cazadores. La asociación considera que la Comunidad de Madrid ha incumplido la idea que se le había trasladado desde ARRECAL sobre el mantenimiento de la exclusión de los perros de caza.
Multas elevadas y posibles interpretaciones subjetivas
Una de las modificaciones más significativas es la aplicación de las sanciones establecidas por la Ley 7/2023. Las multas pueden ascender a 10.001 €, 50.000 € y hasta 200.000 € para las infracciones leves, graves y muy graves, respectivamente. ARRECAL pone como ejemplo la posible sanción por no disponer de un vehículo especialmente adaptado para el transporte de perros de caza o retrasar un mes la implantación de un chip en un cachorro.
Polémica sobre la regulación del corte de orejas y cola en perros de caza
Otro punto controvertido es la regulación del corte de orejas y cola en perros de caza. La reforma se basa en el Convenio Europeo sobre Protección de los Animales de Compañía, pero ARRECAL destaca que la valoración y realización de estas intervenciones sigue en manos de los veterinarios, dejando abierta la posibilidad de su realización por motivos "estéticos".
Exención de obligaciones para algunos criadores
La nueva normativa también incluye una exención para determinados criadores de la obligación de formalizar contratos escritos de compraventa e información adicional sobre el animal, como exige la Ley 7/2023. ARRECAL advierte que esta excepción se aplica a la cría no comercial de perros de caza, aunque quedan sujetas a las condiciones generales recogidas en la Ley 7/2023.
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