Nuevos Plazos para Anticipos de Ganancias y Bienes Personales 2024 con ARCA
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha anunciado recientemente modificaciones en los plazos y métodos de pago para los anticipos del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al año fiscal 2024.
Cambios en los anticipos del impuesto a las Ganancias
El primer anticipo del impuesto a las Ganancias presenta limitaciones en los métodos de pago, ya que no estarán disponibles el débito automático, el pago telefónico con tarjetas de crédito ni el débito en cuenta desde cajeros automáticos.
La declaración jurada deberá presentarse en mayo de 2025, y el calendario de pagos ha sido modificado de la siguiente manera:
- Primer anticipo:
- CUIT terminados en 0-3: 13/11/2024
- CUIT terminados en 4-6: 14/11/2024
- CUIT terminados en 7-9: 15/11/2024
- Segundo anticipo:
- CUIT terminados en 0-3: 13/12/2024
- CUIT terminados en 4-6: 16/12/2024
- CUIT terminados en 7-9: 17/12/2024
- Tercer anticipo:
- CUIT terminados en 0-3: 13/02/2025
- CUIT terminados en 4-6: 14/02/2025
- CUIT terminados en 7-9: 17/02/2025
- Cuarto anticipo:
- CUIT terminados en 0-3: 13/03/2025
- CUIT terminados en 4-6: 14/03/2025
- CUIT terminados en 7-9: 17/03/2025
- Quinto anticipo:
- CUIT terminados en 0-3: 14/04/2025
- CUIT terminados en 4-6: 15/04/2025
- CUIT terminados en 7-9: 16/04/2025
Modificaciones en los anticipos del impuesto sobre los Bienes Personales
El calendario para los anticipos del impuesto sobre los Bienes Personales también ha sufrido ajustes, ya que originalmente vencían en agosto y octubre de 2024.
Las nuevas fechas de vencimiento son las siguientes:
- Primer anticipo:
- CUIT terminados en 0-3: 14/10/2024
- CUIT terminados en 4-6: 15/10/2024
- CUIT terminados en 7-9: 16/10/2024
- Segundo anticipo:
- CUIT terminados en 0-3: 13/11/2024
- CUIT terminados en 4-6: 14/11/2024
- CUIT terminados en 7-9: 15/11/2024
Transición a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)
El 25 de octubre de 2024, el organismo anteriormente conocido como AFIP se reestructuró como la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
A partir de esta fecha, todas las obligaciones tributarias, incluidos los anticipos de Ganancias y Bienes Personales, serán gestionadas por la ARCA.
Declaración jurada anual de Bienes Personales
La declaración jurada anual del impuesto sobre los Bienes Personales debe presentarse durante el período comprendido entre el 1 y el 30 de junio de 2025.
Están obligados a presentar la declaración las personas físicas y las sucesiones indivisas que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
- Tengan un patrimonio neto total superior a $11.566.000 al 31 de diciembre de 2024
- Tengan inmuebles o un vehículo automotor, embarcación o aeronave, cuyos valores superen el 75% del monto mínimo exento
Declaración jurada anual de Ganancias
La declaración jurada anual del impuesto a las Ganancias debe presentarse durante el período comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de abril de 2025.
Están obligados a presentar la declaración las personas físicas y las sucesiones indivisas que hayan obtenido ingresos gravados por un monto superior al mínimo no imponible durante el año fiscal 2024.
Impacto de las modificaciones en los contribuyentes
Las modificaciones anunciadas por la ARCA tendrán un impacto significativo en los contribuyentes, ya que tendrán más tiempo para preparar y presentar sus declaraciones juradas.
Además, los ajustes en los métodos de pago del primer anticipo del impuesto a las Ganancias permitirán a los contribuyentes planificar mejor sus obligaciones fiscales.
Recomendaciones para los contribuyentes
Para garantizar el cumplimiento puntual de sus obligaciones tributarias, los contribuyentes deben tomar las siguientes medidas:
- Revisar los nuevos plazos y métodos de pago anunciados por la ARCA
- Planificar sus pagos de impuestos con anticipación
- Reunir la documentación necesaria para sus declaraciones juradas
- Buscar ayuda profesional de un contador o asesor fiscal si es necesario
- Mantenerse informado sobre las actualizaciones fiscales visitando el sitio web de la ARCA
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