Playa Cracker: Justicia Chubutense Anula Cierre y Protege Acceso Público a la Costa

La reciente decisión del Superior Tribunal de Justicia de Chubut, confirmando la nulidad del acuerdo entre la Secretaría de Pesca y la Estancia Bahía Cracker SRL, ha desatado una fuerte controversia y pone de manifiesto las tensiones entre el desarrollo privado, el acceso público a los recursos naturales y la gestión ambiental en la provincia. Este fallo, que declara nulo el cierre de acceso a Playa Bahía Cracker, no solo representa una victoria para las entidades de pesca artesanal, deportiva y buceo, sino que también establece un precedente importante en la defensa del dominio público y los derechos de acceso a la costa. El caso expone una problemática recurrente en la Patagonia argentina: la privatización de facto de espacios costeros a través de acuerdos discrecionales entre autoridades y propietarios de grandes extensiones de tierra.

Índice

Antecedentes del Conflicto: El Cierre de Playa Bahía Cracker

El conflicto se originó en el año pasado, cuando la Secretaría de Pesca de la Provincia del Chubut, a cargo de Andrés Arbeletche, firmó un acuerdo unilateral con la Estancia Bahía Cracker SRL, propietaria de un campo adyacente a Playa Bahía Cracker. Este acuerdo permitió a la estancia bloquear el camino que conecta la Ruta 5 con la playa, utilizando una tranquera y un candado. La medida, justificada por la Secretaría de Pesca con argumentos relacionados con la seguridad y la preservación del ecosistema, fue percibida por las comunidades locales como un intento de privatizar el acceso a un espacio costero de importancia histórica y recreativa. La playa, conocida por sus condiciones ideales para la pesca, el buceo y el turismo, era el único punto de acceso al mar en una extensa franja de la costa chubutense.

La reacción de las entidades vinculadas a la pesca artesanal, deportiva y buceo fue inmediata. Presentaron una acción de amparo ante la Cámara de Apelaciones de Trelew, argumentando que el cierre del acceso violaba el derecho de los ciudadanos a disfrutar de los bienes públicos, en particular, de la costa marítima. Los demandantes alegaron que la servidumbre de paso hacia la playa era histórica y que el acuerdo entre la Secretaría de Pesca y la estancia era arbitrario e ilegal. La jueza María Florencia Cordón Ferrando, en su sentencia, dio la razón a los demandantes, declarando nulo el acuerdo y ordenando la inmediata apertura del camino de acceso.

La Sentencia de la Cámara de Apelaciones: Arbitrariedad e Ilegalidad

La jueza Cordón Ferrando fundamentó su decisión en la constatación de que el cierre del acceso a Playa Bahía Cracker era manifiestamente arbitrario e ilegal. Señaló que el acuerdo entre la Secretaría de Pesca y la estancia violaba las previsiones de la Ley XVII N° 8 y del Decreto Reglamentario N° 622/74, que establecen una servidumbre legal de tránsito a favor del público. La magistrada enfatizó que la servidumbre de paso había sido históricamente utilizada por los habitantes y visitantes de la provincia para ingresar a la playa y disfrutar de sus recursos, y que el cierre del acceso impedía el ejercicio de derechos fundamentales como el acceso al mar, la pesca, el buceo y el turismo.

Además, la jueza Cordón Ferrando destacó que los accionantes habían acreditado una vinculación particularizada con la lesión invocada, lo que justificaba su interés en promover la acción y su idoneidad para representar a la comunidad. En su análisis, la magistrada consideró que la Secretaría de Pesca había actuado en exceso de sus facultades al celebrar un acuerdo que permitía el cierre del único acceso a la playa, dejando prácticamente sin efecto una servidumbre pública de tránsito establecida por ley. La sentencia de la Cámara de Apelaciones generó una fuerte repercusión en la provincia, y fue celebrada por las organizaciones sociales y ambientales que defienden el acceso público a los recursos naturales.

La Confirmación del Superior Tribunal de Justicia: Un Precedente Importante

La Secretaría de Pesca y la Estancia Bahía Cracker SRL apelaron la sentencia de la Cámara de Apelaciones ante el Superior Tribunal de Justicia de Chubut. Sin embargo, el máximo órgano judicial provincial confirmó la sentencia en todas sus partes, rechazando los argumentos de las apelantes. La decisión del Superior Tribunal de Justicia, tomada de forma unánime por los ministros Camila Lucía Banfi Saavedra, Silvia Alejandra Bustos, Mario Luis Vivas y Ricardo Alberto Napolitani, reafirma la validez de la sentencia de la Cámara de Apelaciones y consolida el precedente en defensa del acceso público a la costa. Este fallo implica que el acuerdo entre la Secretaría de Pesca y la estancia es nulo y que el camino de acceso a Playa Bahía Cracker debe permanecer abierto.

La confirmación de la sentencia por parte del Superior Tribunal de Justicia es especialmente significativa porque pone fin a la controversia y establece un límite a la discrecionalidad de las autoridades en la gestión de los recursos naturales. La decisión judicial envía un mensaje claro a las empresas y a los funcionarios públicos: el acceso público a la costa es un derecho fundamental que no puede ser vulnerado por acuerdos privados o decisiones administrativas arbitrarias. El fallo también refuerza la importancia de la participación ciudadana en la toma de decisiones que afectan el medio ambiente y el patrimonio público.

El Papel de la Fiscalía de Estado y la Reconocimiento del Error

Un dato relevante en este caso es que la Fiscalía de Estado, tras el fallo de la Cámara de Trelew, desistió de apelar, es decir, reconoció el error en que había incurrido la Secretaría de Pesca al cerrar el camino de acceso a Playa Bahía Cracker. Esta decisión de la Fiscalía de Estado, que representa al Estado provincial en los procesos judiciales, es un reconocimiento implícito de la validez de los argumentos de los demandantes y de la ilegalidad de la medida adoptada por la Secretaría de Pesca. El desistimiento de la Fiscalía de Estado contribuyó a acelerar el proceso judicial y a evitar una prolongación innecesaria del conflicto.

La actitud de la Fiscalía de Estado contrasta con la postura inicial de la Secretaría de Pesca, que defendió el acuerdo con la Estancia Bahía Cracker SRL y se opuso a la apertura del camino de acceso. La decisión de la Fiscalía de Estado refleja una mayor sensibilidad hacia los derechos de los ciudadanos y una mayor preocupación por la defensa del patrimonio público. El reconocimiento del error por parte de la Fiscalía de Estado también puede interpretarse como una señal de que el gobierno provincial está dispuesto a revisar sus políticas en materia de gestión de los recursos naturales y a adoptar medidas más transparentes y participativas.

Implicaciones y Perspectivas Futuras: La Defensa del Dominio Público

El fallo del Superior Tribunal de Justicia de Chubut tiene importantes implicaciones para la defensa del dominio público y los derechos de acceso a los recursos naturales en la Patagonia argentina. La decisión judicial establece un precedente que puede ser invocado en casos similares en otras provincias, y refuerza la necesidad de proteger los espacios costeros de la privatización de facto. El caso de Playa Bahía Cracker pone de manifiesto la importancia de contar con una legislación clara y precisa que regule el acceso a la costa y que establezca límites a la discrecionalidad de las autoridades en la gestión de los recursos naturales.

Además, el fallo subraya la necesidad de promover la participación ciudadana en la toma de decisiones que afectan el medio ambiente y el patrimonio público. Las organizaciones sociales y ambientales desempeñan un papel fundamental en la defensa de los derechos de los ciudadanos y en la denuncia de las prácticas que atentan contra el medio ambiente. La experiencia de Playa Bahía Cracker demuestra que la movilización social y la acción judicial pueden ser herramientas eficaces para proteger los recursos naturales y garantizar el acceso público a la costa. El caso también plantea la necesidad de fortalecer los mecanismos de control y fiscalización de las autoridades en materia de gestión ambiental, y de sancionar a los funcionarios públicos que incurran en prácticas ilegales o arbitrarias.

noticiaspuertosantacruz.com.ar - Imagen extraida de: https://partedepesca.com.ar/d/el-superior-confirmo-que-arbeletche-incumplio-la-ley-al-cerrar-el-ingreso-a-cracker/

Fuente: https://partedepesca.com.ar/d/el-superior-confirmo-que-arbeletche-incumplio-la-ley-al-cerrar-el-ingreso-a-cracker/

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