PROMESA: Mediación en Salud para Reducir Juicios y Agilizar Soluciones

La creciente litigiosidad en el ámbito de la salud ha saturado el sistema judicial argentino, generando demoras en la resolución de conflictos y un aumento significativo de los costos asociados. Ante este panorama, el Gobierno Nacional ha implementado el Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud (PROMESA), una herramienta innovadora que busca desjudicializar las controversias entre usuarios, obras sociales, seguros de salud y medicina prepaga. Esta iniciativa, reglamentada a través de la resolución conjunta 1/2025, propone una instancia de mediación optativa, previa a la vía judicial, con el objetivo de facilitar acuerdos consensuados y eficientes. El presente artículo analizará en detalle los aspectos clave de PROMESA, desde su funcionamiento y requisitos para los mediadores, hasta su financiamiento, monitoreo y potencial impacto en el sistema de salud.

Índice

PROMESA: Un Nuevo Enfoque en la Resolución de Conflictos en Salud

PROMESA representa un cambio paradigmático en la forma de abordar las disputas en materia de salud. Tradicionalmente, la vía judicial ha sido el principal canal para resolver estas controversias, lo que ha derivado en largos procesos, altos costos y, en muchos casos, resultados insatisfactorios para ambas partes. La mediación, en cambio, ofrece una alternativa más flexible, rápida y económica, que permite a las partes involucradas construir una solución a medida, basada en sus intereses y necesidades. La optatividad del procedimiento es fundamental, ya que garantiza que las partes conserven su derecho a acceder a la justicia si así lo desean. Sin embargo, se espera que la disponibilidad de una instancia de mediación eficiente y accesible incentive a las partes a explorar esta vía antes de recurrir a los tribunales.

La reglamentación de PROMESA responde a la necesidad de contar con un marco normativo claro y preciso que regule el procedimiento de mediación en materia de salud. La resolución conjunta 1/2025 establece los requisitos para la acreditación de los mediadores, los criterios para el financiamiento del proceso, los mecanismos de monitoreo y control, y las condiciones para la adhesión voluntaria de las entidades prestadoras de servicios de salud. Esta normativa busca garantizar la calidad, la transparencia y la eficacia del procedimiento, así como proteger los derechos de las partes involucradas.

La Figura del Mediador en Materia de Salud: Requisitos y Capacitación

La calidad de la mediación depende en gran medida de la competencia y la idoneidad del mediador. Dada la especificidad de los conflictos en materia de salud, es fundamental contar con profesionales que posean conocimientos técnicos y éticos en esta área. La resolución conjunta 1/2025 establece requisitos rigurosos para la acreditación de los mediadores, incluyendo la inscripción en el Registro Nacional de Mediación con una antigüedad mínima de un año y la ausencia de sanciones vigentes. Además, los aspirantes a mediador deberán aprobar un examen de idoneidad y completar un programa de capacitación específico, que abarque aspectos legales, médicos y éticos relacionados con la mediación en salud.

El programa de capacitación aprobado por la resolución conjunta 1/2025 tiene como objetivo proporcionar a los mediadores las herramientas necesarias para comprender las complejidades de los conflictos en materia de salud, identificar los intereses de las partes, facilitar la comunicación y la negociación, y construir acuerdos justos y duraderos. La capacitación incluye módulos sobre el sistema de salud argentino, la legislación aplicable, la ética profesional, las técnicas de mediación y la gestión de conflictos. Asimismo, se prevé una actualización continua de los conocimientos de los mediadores, a través de cursos, seminarios y talleres.

Para facilitar la implementación inicial de PROMESA, se establece una excepción temporal que permite a los profesionales inscriptos en los registros provinciales con una antigüedad mínima de un año en su registro provincial respectivo, cumplir con el requisito de inscripción en el Registro Nacional de Mediación durante el primer año de vigencia del procedimiento. Esta medida busca garantizar la disponibilidad de un número suficiente de mediadores idóneos durante la etapa inicial de PROMESA.

Financiamiento y Sostenibilidad del PROMESA

El financiamiento del PROMESA es un aspecto crucial para garantizar su sostenibilidad y accesibilidad. La resolución conjunta 1/2025 establece que el Fondo de Financiamiento tendrá a su cargo el pago del honorario al mediador cuando el trámite culmine sin acuerdo. Esto significa que el usuario no deberá asumir el costo de la mediación si no se llega a una solución. En caso de que haya condena en costas en sede judicial, el requerido deberá reintegrar al fondo el honorario abonado al mediador. Este mecanismo busca incentivar a las partes a buscar un acuerdo en la mediación, evitando los costos y las demoras de un juicio.

La creación de un Fondo de Financiamiento específico para el PROMESA demuestra el compromiso del Gobierno Nacional con la promoción de la mediación en materia de salud. Este fondo permitirá cubrir los gastos de honorarios de los mediadores, así como los costos de capacitación y actualización de los profesionales. La reglamentación establece que los recursos del fondo provendrán de diversas fuentes, incluyendo asignaciones presupuestarias, donaciones y contribuciones de las entidades prestadoras de servicios de salud.

Para asegurar la transparencia y el recupero de los fondos, se suscribirán convenios con el Poder Judicial de la Nación para el seguimiento de las causas. Estos convenios permitirán verificar si las partes han cumplido con los acuerdos alcanzados en la mediación y, en caso de incumplimiento, iniciar las acciones legales correspondientes.

Monitoreo y Evaluación del Procedimiento: Asegurando su Efectividad

El monitoreo y la evaluación del PROMESA son fundamentales para asegurar su efectividad y eficiencia a largo plazo. La Jefa de Gabinete del Ministerio de Justicia, Florencia Zicavo, ha sido designada como el enlace técnico permanente por dicha cartera, responsable de coordinar las reuniones periódicas con el enlace designado por la Superintendencia de Servicios de Salud. Estas reuniones tienen como objetivo intercambiar información, controlar las alertas sanitarias, asegurar la comparecencia del Estado nacional, analizar la cantidad de acuerdos alcanzados y su cumplimiento, y evaluar el grado de judicialización de los conflictos.

El intercambio de información entre el Ministerio de Justicia y la Superintendencia de Servicios de Salud es esencial para identificar las áreas de mejora y ajustar el procedimiento de mediación en función de las necesidades de los usuarios y las entidades prestadoras de servicios de salud. El control de las alertas sanitarias permitirá prevenir conflictos relacionados con la calidad de la atención médica y garantizar la seguridad de los pacientes. La comparecencia del Estado nacional en los procesos de mediación fortalecerá la confianza de las partes y facilitará la búsqueda de soluciones justas y equitativas.

El análisis de la cantidad de acuerdos alcanzados y su cumplimiento permitirá evaluar la eficacia del PROMESA en la resolución de conflictos. La medición del grado de judicialización de los conflictos indicará si el procedimiento de mediación está contribuyendo a reducir la carga de trabajo del sistema judicial. Los resultados del monitoreo y la evaluación se utilizarán para realizar ajustes en el procedimiento y mejorar su funcionamiento.

Derivación Judicial y Adhesión Voluntaria: Ampliando el Alcance del PROMESA

La reglamentación de PROMESA establece que, incluso en casos ya judicializados, los magistrados podrán derivar las causas al procedimiento de mediación de oficio o a pedido de parte, en cualquier estado del proceso, siempre con el consentimiento expreso de la parte actora y una decisión judicial motivada. Esta medida busca aprovechar los beneficios de la mediación en aquellos casos en los que ya se ha iniciado un proceso judicial, facilitando la solución consensuada y compatible con los principios de economía procesal y celeridad. La derivación judicial es una herramienta poderosa para desjudicializar los conflictos y promover la cultura de la mediación.

Para ampliar el alcance y el impacto del PROMESA, se invita a aquellas entidades que brindan servicios de salud y que no hayan sido alcanzadas por esta medida a adherir voluntariamente al procedimiento. Las solicitudes de adhesión se deberán presentar ante la Superintendencia de Servicios de Salud. La adhesión voluntaria permitirá sumar actores del sistema de salud a la resolución alternativa de controversias, promoviendo el diálogo y el acceso a una instancia eficaz para más beneficiarios. La participación activa de las entidades prestadoras de servicios de salud es fundamental para el éxito del PROMESA.

La adhesión voluntaria de las entidades prestadoras de servicios de salud implica el compromiso de participar en los procesos de mediación de buena fe, de facilitar el acceso a la información relevante y de cumplir con los acuerdos alcanzados. La Superintendencia de Servicios de Salud establecerá los criterios y los requisitos para la adhesión voluntaria, así como los mecanismos de control y seguimiento.

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Fuente: https://argentina.gob.ar/noticias/promesa-el-nuevo-procedimiento-que-implemento-el-gobierno-para-reducir-las

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