PROMESA: Nueva Mediación en Salud para Resolver Conflictos Rápido y sin Juicios

En un contexto de creciente judicialización de los conflictos en el ámbito de la salud, el Gobierno nacional ha presentado una innovadora herramienta para la resolución alternativa de disputas: el Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud (PROMESA). Esta iniciativa, formalizada a través del Decreto 379/2025 y reglamentada por la Resolución conjunta 1/2025, busca descongestionar el sistema judicial, agilizar la resolución de reclamos y, fundamentalmente, ofrecer a los ciudadanos una vía más accesible y menos conflictiva para solucionar sus problemas de salud. PROMESA no solo involucra a los usuarios y prestadores de servicios de salud, sino que también abre la puerta a la adhesión voluntaria de otras entidades del sector, ampliando su alcance y potencial impacto. Este artículo explorará en detalle los aspectos clave de PROMESA, su funcionamiento, beneficios y perspectivas futuras.

Índice

El Aumento de la Judicialización en Salud: Un Contexto Problemático

La judicialización de los conflictos en materia de salud ha experimentado un aumento significativo en los últimos años. Este fenómeno, impulsado por diversos factores como la desconfianza en el sistema, la complejidad de las regulaciones y la búsqueda de una compensación por daños sufridos, ha generado una sobrecarga en el sistema judicial, ralentizando los procesos y dificultando el acceso a la justicia para todas las partes involucradas. Los juicios por mala praxis, denegación de cobertura, retrasos en la atención y otros problemas relacionados con la salud consumen recursos judiciales valiosos y generan incertidumbre tanto para los pacientes como para los profesionales de la salud. La mediación, como herramienta de resolución alternativa de conflictos, se presenta como una solución viable para abordar este problema, ofreciendo una alternativa más rápida, económica y flexible a los litigios tradicionales.

La judicialización no solo afecta al sistema judicial, sino que también impacta negativamente en la relación médico-paciente. La confrontación legal puede erosionar la confianza mutua y dificultar la comunicación, lo que a su vez puede afectar la calidad de la atención médica. Además, los costos asociados a los juicios, incluyendo honorarios de abogados, peritajes y otros gastos, pueden ser significativos tanto para los pacientes como para las instituciones de salud. En este contexto, PROMESA se presenta como una oportunidad para fomentar una cultura de diálogo y colaboración, promoviendo la resolución pacífica de conflictos y fortaleciendo la relación entre los usuarios y los prestadores de servicios de salud.

PROMESA: Mecanismos y Funcionamiento del Procedimiento

El Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud (PROMESA) se basa en la colaboración activa entre los Ministerios de Justicia y de Salud de la Nación, y la Superintendencia de Servicios de Salud. Su objetivo principal es facilitar el acercamiento entre las partes en conflicto, permitiéndoles llegar a un acuerdo mutuamente satisfactorio sin necesidad de recurrir a un juicio. El procedimiento se inicia a través de una solicitud de mediación, que puede ser presentada tanto por el usuario del sistema de salud como por el Agente del Seguro de Salud o la Entidad de Medicina Prepaga. Una vez recibida la solicitud, se designa a un mediador calificado, quien se encarga de facilitar la comunicación entre las partes y guiarlas hacia una solución.

La mediación se lleva a cabo en sesiones conjuntas, donde las partes tienen la oportunidad de expresar sus puntos de vista, presentar sus argumentos y explorar posibles soluciones. El mediador actúa como un facilitador neutral, ayudando a las partes a identificar sus intereses comunes y a superar las barreras que impiden llegar a un acuerdo. A diferencia de un juicio, donde un juez impone una decisión, en la mediación las partes tienen el control del proceso y son ellas quienes deciden si aceptar o no el acuerdo propuesto. Si se llega a un acuerdo, este se formaliza por escrito y tiene fuerza ejecutoria, lo que significa que puede ser exigido judicialmente en caso de incumplimiento.

PROMESA también contempla la posibilidad de derivaciones judiciales. Esto significa que, en el marco de una acción judicial en materia de salud, el magistrado interviniente puede derivar el caso al procedimiento de mediación, ya sea de oficio o a pedido de parte. Esta derivación se tomará en consideración de las circunstancias de la causa y el consentimiento de quien haya iniciado la demanda. La derivación judicial al PROMESA busca aprovechar los beneficios de la mediación para agilizar la resolución del conflicto y evitar la prolongación innecesaria del proceso judicial.

Capacitación y Acreditación de Mediadores en Materia de Salud

La efectividad de PROMESA depende en gran medida de la calidad de los mediadores que participan en el procedimiento. Por ello, la reglamentación establece requisitos estrictos para la capacitación y acreditación de los mediadores en materia de salud. Se exige la aprobación de una “Capacitación básica para la habilitación de mediados en materia de salud” y una “Capacitación continua para la habilitación de mediadores en materia de salud”, que abordan temas como la legislación en materia de salud, la ética profesional, las técnicas de mediación y la comunicación efectiva. Además, los mediadores deben superar un “examen de idoneidad técnica” para demostrar sus conocimientos y habilidades.

Las “Pautas para la acreditación del examen de idoneidad técnica” detallan los contenidos y criterios de evaluación del examen, asegurando que los mediadores cuenten con la formación necesaria para abordar los conflictos en materia de salud de manera profesional y eficaz. Asimismo, se establece un sistema de “monitoreo periódico” del desempeño de los mediadores, con el objetivo de garantizar la calidad del servicio y promover la mejora continua. Este sistema de monitoreo incluye la evaluación de las sesiones de mediación, la recopilación de comentarios de las partes y la realización de encuestas de satisfacción.

La inversión en la capacitación y acreditación de mediadores en materia de salud es fundamental para garantizar el éxito de PROMESA. Mediadores bien capacitados y acreditados pueden facilitar la comunicación entre las partes, identificar sus intereses comunes y guiarlas hacia una solución mutuamente satisfactoria. Además, la capacitación continua permite a los mediadores mantenerse actualizados sobre los últimos avances en materia de mediación y legislación en salud.

Adhesión Voluntaria y Alcance del Procedimiento

Si bien PROMESA se aplica inicialmente a los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga, la resolución invita a otras entidades que brinden servicios de salud y que no se encuentren comprendidas por las leyes 23.660, 23.661 y 26.682 a adherir voluntariamente al procedimiento. Esto significa que los beneficiarios de Obras Sociales provinciales o de regímenes especiales también podrán acudir a PROMESA en caso de que su entidad decida adherirse. La adhesión voluntaria permite ampliar el alcance del procedimiento y ofrecer sus beneficios a un mayor número de ciudadanos.

La adhesión de las Obras Sociales provinciales y de los regímenes especiales al PROMESA podría tener un impacto significativo en la resolución de conflictos en materia de salud a nivel nacional. Estas entidades atienden a una gran cantidad de usuarios y a menudo se enfrentan a reclamos relacionados con la cobertura, la calidad de la atención y otros problemas similares. Al adherirse al PROMESA, estas entidades podrían evitar la judicialización de los conflictos y ofrecer a sus afiliados una vía más rápida y económica para solucionar sus problemas.

La posibilidad de adhesión voluntaria también permite adaptar el procedimiento a las necesidades específicas de cada entidad. Cada entidad puede establecer sus propios criterios para la selección de los casos que se derivarán a mediación y puede participar en la capacitación de sus propios mediadores. Esta flexibilidad permite garantizar que el PROMESA se implemente de manera efectiva y eficiente en cada contexto particular.

Beneficios Esperados y Perspectivas Futuras de PROMESA

La implementación de PROMESA se espera que genere una serie de beneficios tanto para los usuarios del sistema de salud como para las instituciones prestadoras de servicios. Entre los beneficios más destacados se encuentran la reducción de la carga judicial, la agilización de la resolución de conflictos, la disminución de los costos asociados a los litigios, el fortalecimiento de la relación médico-paciente y la promoción de una cultura de diálogo y colaboración. Al ofrecer una alternativa más accesible y menos conflictiva a los juicios, PROMESA puede contribuir a mejorar el acceso a la justicia y a garantizar el derecho a la salud de todos los ciudadanos.

En el futuro, se espera que PROMESA se consolide como una herramienta fundamental para la resolución de conflictos en materia de salud en Argentina. Para ello, es necesario seguir invirtiendo en la capacitación de mediadores, promover la adhesión voluntaria de otras entidades del sector y realizar un monitoreo continuo del funcionamiento del procedimiento. Además, es importante evaluar la efectividad de PROMESA en términos de reducción de la carga judicial, agilización de la resolución de conflictos y satisfacción de las partes involucradas. Los resultados de esta evaluación permitirán identificar áreas de mejora y adaptar el procedimiento a las necesidades cambiantes del sistema de salud.

PROMESA representa un paso importante hacia la construcción de un sistema de salud más justo, eficiente y accesible para todos. Al fomentar la resolución pacífica de conflictos y promover la colaboración entre las partes, este procedimiento puede contribuir a mejorar la calidad de la atención médica y a fortalecer la confianza en el sistema de salud.

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Fuente: https://argentina.gob.ar/noticias/el-gobierno-nacional-reglamento-el-procedimiento-de-mediacion-prejudicial-en-materia-de

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