Reglamentaron la Ley 90/10: Empresas deberán informar y justificar el empleo no local
El Gobierno de Santa Cruz publicó la reglamentación de la Ley Provincial N.º 3141, conocida como Ley 90/10. Esta norma establece la prioridad del empleo santacruceño en sectores estratégicos como la minería, el petróleo, la pesca y otros.
Control y Fiscalización del Cumplimiento
La resolución establece cómo se controlará y fiscalizará la obligación de contratar al menos un 90% de mano de obra local, con una residencia mínima de seis años en la provincia.
La reglamentación, firmada por el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Ezequiel Verbes, implementa mecanismos concretos de control que anteriormente no estaban completamente definidos.
Sistema de Registro de Empleo Local (SIREL)
Las empresas operadoras, contratistas y subcontratistas están obligadas a inscribirse y mantener actualizada su información en el Sistema de Registro de Empleo Local (SIREL).
En este sistema, deberán declarar la nómina de personal, el porcentaje de trabajadores santacruceños y justificar cada caso que no cumpla con el requisito de residencia.
Inspecciones y Sanciones
La autoridad laboral provincial podrá realizar inspecciones y cruces de datos con otros organismos públicos.
Se aplicarán sanciones en caso de detectar incumplimientos o información falsa.
El procedimiento sancionatorio se ajustará a la Ley Provincial de Procedimiento Administrativo en lo Laboral, garantizando el derecho de defensa y la efectividad de las penalidades.
Excepciones a la Ley 90/10
La norma regula las excepciones al cumplimiento del 90% de empleo local.
Las empresas podrán contratar personal de otras provincias solo si acreditan que no existe mano de obra local con la calificación requerida.
Planes de Capacitación y Sustitución Progresiva
En caso de contratar personal de otras provincias, las empresas deberán presentar obligatoriamente un Plan de Capacitación y Sustitución Progresiva.
Este plan tiene como objetivo formar trabajadores santacruceños para que, en un plazo razonable, ocupen los puestos ocupados por personal no local.
Si el plan no se presenta o no es aprobado por la autoridad laboral, la empresa no podrá invocar la excepción y quedará sujeta a multas.
Plazo de Adecuación
Se establece un plazo de 60 días, prorrogable, para que las empresas adecuen su funcionamiento a la nueva normativa a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Acciones Previas a la Reglamentación
La publicación de la reglamentación se inscribe en una serie de acciones impulsadas por el Gobierno Provincial para reforzar el cumplimiento de la Ley 90/10.
Reunión con Empresas Mineras
La semana pasada, autoridades de los Ministerios de Energía y Minería, Jaime Álvarez; y de Trabajo, Ezequiel Verbes, se reunieron en la Casa de Santa Cruz, en Buenos Aires, con directivos de las principales empresas mineras que operan en la provincia y con representantes de la Cámara Argentina de Empresas Mineras (CAEM).
En ese encuentro, los ministros notificaron e intimaron a las operadoras al cumplimiento de la normativa laboral vigente.
También se solicitó la presentación de informes detallados sobre el grado de cumplimiento del empleo local.
Acuerdos Alcanzados
Se acordó avanzar en planes de capacitación y en esquemas de reconversión laboral para reemplazar progresivamente empleo no local por trabajadores santacruceños.
Objetivos del Gobierno Provincial
El Gobierno provincial remarcó que, con la reglamentación vigente, se retoman y refuerzan los controles en los ingresos a los yacimientos y en todas las etapas de la actividad productiva.
El objetivo es que la explotación de los recursos naturales tenga un impacto directo en la generación de empleo local y en el desarrollo de la provincia.
Puntos Clave de la Ley 90/10
- Prioridad del empleo santacruceño en sectores estratégicos.
- Obligación de contratar al menos un 90% de mano de obra local con residencia mínima de seis años.
- Registro obligatorio de la información de empleo en el SIREL.
- Posibilidad de contratar personal de otras provincias solo en casos justificados y con planes de capacitación.
- Inspecciones y sanciones por incumplimiento.
Declaración del Ministro de Trabajo
“Con esta reglamentación, garantizamos que la Ley 90/10 se cumpla efectivamente, generando empleo digno para los santacruceños y promoviendo el desarrollo de nuestra provincia.”